martes, 25 de noviembre de 2008

CANTINA PASO DE SERPA

LLAMADO A INTERESADOS EN LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE CANTINA EN EL PREDIO DEL BALNEARIO PASO SERPA

Art. 1.- La Intendencia de Rivera, llama a interesados en la explotación del servicio de cantina, que funciona en el predio del Balneario Paso Serpa.
El período de explotación del servicio, será desde su adjudicación hasta el feriado de Semana de Turismo inclusive.-
La ocupación de las instalaciones allí existentes serán en carácter de precario, debiendo proceder a su desocupación inmediata al finalizar la concesión o cuando lo disponga la Comuna.-

Art. 2.- Los postulantes deberán presentar sus ofertas en sobre cerrado en la Oficina de Licitaciones con copia, el día 5/12/2008, a la hora 14:00 realizándose su apertura media hora más tarde en el mismo local.- Al acto de apertura podrán asistir quienes lo deseen.-

Art. 3.- Los postulantes deberán cumplir el servicio en las condiciones que establezca el presente llamado, estar al día con BPS, DGI y en general todos los organismos que regulan la materia laboral, siendo de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de la normativa que rige al respecto.-

Art. 4.- El oferente deberá tener la habilitación de la Dirección de Bromatología.-Si no lo tuviere y resultare adjudicatario deberá tramitarla en un plazo máximo de 10 días, luego de notificada la adjudicación.-

Art. 5.- Las ofertas deberán establecer:
a) Servicios a prestar durante el período.
b) Horarios y días de atención propuestos.
c) Referencia y antecedentes del oferente.

Art. 6.- Este llamado comprende todo el servicio de Cantina, venta de comidas al paso, bebidas, helados, agua caliente, golosinas, etc..-

Art. 7.- Para la comparación de ofertas y posterior adjudicación se tomarán en cuenta los siguientes factores:
a) Servicios ofrecidos de acuerdo al Pliego.
b) Antecedentes comerciales del oferente.
c) Servicios ofrecidos no previstos en el Pliego.
A cada uno de estos items se le otorgará una puntuación de 1 a 5 y resultará adjudicataria la oferta con mayor puntaje global, sin perjuicio de lo dispuesto en el Art. 8.-

Art. 8.- La Intendencia de Rivera podrá disponer la adjudicación a la oferta más conveniente a sus intereses que contemple todas las exigencias estipuladas en este pliego y aún presente servicios anexos.
Asimismo, podrá declarar desierto el presente llamado o realizar adjudicaciones parciales.

Art. 9.- Las consultas o solicitud de aclaraciones se podrán formular en la Dirección de Turismo de la Intendencia de Rivera, en días y horario hábiles.

Art. 10.- Condiciones del Servicio.

El adjudicatario:
a) Deberá mantener limpio el lugar destinado a camping, zona de recreo, baños y espacio donde funciona la cantina.
b) Será el único responsable de las existencias del lugar (zona de cantina, baños y parrilleros, bomba de agua, focos de luz, bancos, mesas, canillas, etc.). En caso de constatarse roturas o daños por actos de vandalismo u otra causa, deberá comunicar en el plazo máximo de 24 horas, a la Dirección de Turismo o quien éste designe, tal irregularidad sin perjuicio, de las denuncias policiales que el hecho implique. Si la Intendencia de Rivera comprobara que las roturas o daños se produjeran por la omisión o negligencia en los controles que debe realizar el adjudicatario podrá rescindir la contratación sin más trámite, ni responsabilidad de tipo alguno.-
c) Podrá instalar, si lo considera viable, sillas y mesas acondicionando el
local y todo otro elemento que considere necesario para prestar los servicios ofrecidos.
Cualquier innovación a introducir en las actuales estructuras edilicias deberán contar con la aprobación previa y escrita de la Comuna.
En caso de realizarlas sin autorización las mismas quedarán en beneficio del predio sin derecho a reclamación alguna por parte del oferente.
d) Los fines de semana, deberá establecer un horario fijo de atención.
e) Será el único responsable de cumplir con sus obligaciones fiscales y
laborales que su actividad implique
f) Podrá trabajar con puestos o vendedores ambulantes en todo el predio del
balneario.
g) Este llamado tendrá carácter exclusivo para el predio del balneario.

Art. 11.- En caso de constatarse algún incumplimiento en las condiciones establecidas en este llamado dará derecho a la Intendencia de Rivera para declarar la resolución del mismo, en forma automática pudiendo realizar una nueva adjudicación, sin necesidad de nuevo llamado.

lunes, 24 de noviembre de 2008

CALENDARIOS DE VENCIMIENTO DE TRIBUTOS

LLAMADO A INTERESADOS EN LA CONFECCION DE CALENDARIOS DE VENCIMIENTOS DE TRIBUTOS – AÑO 2009

BASES


Art. 1.- La Intendencia de Rivera llama a interesados para la confección de calendarios de vencimientos de tributos año 2009, a financiarse enteramente por el adjudicatario con publicidad.-

Art. 2.- El adjudicatario deberá respetar íntegramente el diseño que proporcionará la Intendencia de Rivera para los calendarios, así como los plazos y condiciones de entrega. Las consultas sobre los mismos se dirigirán a la División Tributos.-

Art. 3.- El espacio destinado a la publicidad no podrá contener referencias de carácter racial, político, religioso, ni que atente la moral y las buenas costumbres.-

Art. 4.- Las características técnicas de los calendarios a confeccionar serán:
1) Número total de calendarios: 15.000 (quince mil).
2) Medidas del calendario: 31 x 24 cms.
3) Tipo de papel: Satinado.
4) Calidad de la impresión: Alta definición.
5) Clases de papel: 90 gramos.
6) Espacio máximo para sponsors: 40% del espacio impreso.
7) Espacio de ubicación de sponsors: extremo inferior exclusivamente.
8) Fecha límite para entrega de folleto piloto: 10 de diciembre de 2006
10) Fecha límite de entrega del total de ejemplares 17 de diciembre de 2006

Art. 5.- Los oferentes deberán presentar sus propuestas en sobre cerrado, el día 02 de Diciembre, hora 14:30, en División Adquisiciones, realizándose la apertura de ofertas a la hora 15:00.-

Art. 6.- La Intendencia de Rivera, adjudicará el presente llamado a un solo oferente, y se reserva la potestad rechazar todas las ofertas sin incurrir en responsabilidad de tipo alguno.-

Art. 7.- A los efectos de la comparación de propuestas se tomarán en cuenta:

A) Contenido técnico de la misma.-
B) Antecedentes del oferente en materia de publicidad.-
C) Mejora en los plazos de las entregas establecidos por la Intendencia de Rivera.-

Art. 8.- Todas las observaciones que realice la Dirección General de Hacienda al folleto proyecto, serán atendidas por el oferente, debiendo realizar las correcciones del caso a su cuenta y cargo.-

BASES: Sin costo

jueves, 11 de septiembre de 2008

MATERIALES ELÉCTRICOS Y COLUMNAS DE HORMIGÓN

Licitación Pública Nº 03/08.-


PROYECTO DE RACIONALIZACION DE LA RED DE ALUMBRADO PUBLICO

1.- OBJETO

La Intendencia de Rivera convoca a Licitación Pública para la contratación de SUMINISTRO DE MATERIALES ELÉCTRICOS y COLUMNAS DE HORMIGÓN para el Proyecto de Racionalización de la Red de Alumbrado Público, de acuerdo al detalle que surge del Anexo I de este pliego.
Las características que deben reunir los suministros licitados se explicitan en el Anexo I mencionado, los cuales serán consideradas estrictamente.-

2.- DEFINICIONES E INTERPRETACIONES

El término "Administración" , “Comuna”, “municipio” e “Intendencia” identifican a la Intendencia de Rivera

El término "oferente o proponente" designa a la persona, empresa o grupo de empresas que manifiesten su interés en consorciarse que presente o someta formalmente una oferta para realizar el servicio, actuando por sí o por medio de sus representantes debidamente autorizados. Si más de una persona física o jurídica pretenden presentar conjuntamente una oferta, lo deberán hacer consorciados. Las obligaciones o responsabilidades que se establezcan se entenderán establecidas en las condiciones previstas en los artículos 6 y 7.

El término “oferta” o “propuesta” es la declaración de voluntad recepticia, mediante la cual una persona física o jurídica o un consorcio, manifiesta querer asumir los derechos y obligaciones que se prevén en este Pliego, de conformidad con las normas aplicables.

El término "adjudicatario" se refiere al oferente cuya oferta haya sido adjudicada por acto administrativo firme dictado por la Administración. Cuando se establezcan o prevean obligaciones o responsabilidades del adjudicatario, siendo éste un consorcio, se entenderán referidas a todos y cada uno de los consorciados, en la forma y condiciones dispuestas en los artículos 6 y 7.

El “contratista” es la persona física o jurídica o grupo de empresas consorciadas que tenga a su cargo la ejecución del servicio, mediante contrato celebrado con la Intendencia de Rivera., ya sea que actúe por sí o por medio de sus representantes legales, en virtud de las condiciones especiales estipuladas en el presente Pliego.

El término "representante" se refiere a la persona designada por el contratista, con poderes suficientes para tratar y resolver todas las cuestiones relativas a la oferta y/o al contrato.

Los "servicios" comprenden el ejercicio de actividades no personales objeto del contrato, que serán llevados a cabo por el contratista de acuerdo a las especificaciones detalladas en el Pliego de Condiciones.

El término "Pliego de Condiciones" se refiere al:

a) Pliego de Condiciones de la Licitación, en adelante "Pliego Particular",

b) Pliego de Condiciones Generales del Organismo, en adelante "Pliego General", en el que constan las condiciones que rigen el objeto del contrato.

c) Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de suministros y servicios no personales en los Organismos Públicos, en adelante "Pliego Único"

d) Aclaraciones y modificaciones al Pliego de Condiciones que la Comuna estime del caso realizar con anterioridad al acto de apertura.

Las palabras o designaciones en singular deben extenderse igualmente al plural y viceversa, cuando la interpretación de los textos escritos lo requiera.

Toda cláusula imprecisa, ambigua, contradictoria u oscura a criterio de la Administración, se interpretará en el sentido más favorable a ésta.

3.- NORMATIVA APLICABLE

Esta contratación se enmarca, en lo aplicable, en lo dispuesto por las siguientes normas:
a) T.O.C.A.F., aprobado por el decreto 194/997 de 10 de junio de 1997.
b) Art. 8º de la Ley 16.134 de 24 de setiembre de 1990.
c) Decreto 288/993 de 22 de junio de 1993 (consideración de productos nacionales).
d) Ley 17.250 de 11 de agosto de 2000 y su decreto reglamentario No.244/2000 de 23 de agosto de 2000. (Relaciones de consumo).
e) Código de Procedimiento Administrativo Municipal.
f) Artículo 581, ley 17.296 de 21 de febrero 2001 y decreto 333/2001 de 21 de agosto de 2001.
g) Ley 17.060 de 23 de diciembre de 1998 (Uso indebido del poder público, corrupción)
h) Leyes, decretos y resoluciones vigentes a la fecha de apertura de la licitación.
i) Normas departamentales que refieran a la materia.

4.- EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD

La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su realización, o podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas decisiones generará derecho alguno de los participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnizaciones por daños y perjuicios.

5.- PLAZOS, COMUNICACIONES, CONSULTAS, ACLARACIONES Y PRORROGAS

5.1 Comunicaciones. Todas las comunicaciones referidas al presente llamado deberán dirigirse a Unidad Licitaciones; Agraciada 570, Rivera, de 12:00 a 18:00 horas, Antel: (062) 31900 int. 145, Fax: (062) 29972.

Quienes remitan comunicaciones o documentos a dicha oficina en cualquiera de las etapas de la negociación deberán conservar el comprobante de acuse de recibo por parte de ésta, el que podrá ser requerido siempre que la Administración lo considere pertinente. De no presentarse el mismo se tendrá por no presentada.

Las comunicaciones podrán realizarse por los siguientes medios: personalmente, carta certificada con aviso de retorno, fax o correo electrónico.

Los oferentes deberán constituir domicilio en la ciudad de Rivera y denunciar el domicilio real de todos los integrantes del consorcio. Dichos domicilios se considerarán válidos mientras no se constituyan o denuncien nuevos en su reemplazo.

La comunicación del cambio de domicilio deberá cumplirse mediante escrito presentado en el expediente de licitación, con firma notarialmente certificada, y tendrá efecto a partir del día hábil inmediato siguiente.

5.2 Aclaraciones y consultas.

Cualquier adquirente de pliegos podrá solicitar a Secretaría Administrativa por cualesquiera de los medios mencionados en el artículo precedente, aclaraciones o consultas específicas mediante comunicación escrita dirigida hasta 5 días hábiles, antes de la fecha establecida para el acto de apertura de las ofertas. Vencido dicho término la Administración no estará obligada a proporcionar datos aclaratorios.

Las consultas serán contestadas por el Director de División Alumbrado en el plazo máximo de 48 horas a partir de su presentación.

La Administración comunicará la prórroga o aclaración solicitadas, así como cualquier información ampliatoria que ella estime necesario realizar, a su exclusivo criterio y, a través de alguno de los medios establecidos en comunicaciones, a todos los que hayan adquirido el Pliego de Condiciones.

5.3 Plazos. Los plazos establecidos en este Pliego se computan en días hábiles administrativos, excepto aquellos mayores de quince días, que se computarán en días corridos o calendario.

Se entenderá por días hábiles aquellos en que funcionan las oficinas de la Administración Pública. Son horas hábiles las correspondientes al horario fijado para el funcionamiento de dichas oficinas.

Las fechas señaladas para realizar actos o hechos, y las fechas de vencimiento de los plazos, que resultaren inhábiles, se prorrogarán automáticamente hasta el día hábil inmediato siguiente.

Los plazos se computan a partir del día siguiente al del acto o hecho que determina el decurso del plazo.

6.- GARANTÍAS

6.1 Todas las garantías se presentarán en Tesorería Municipal deberán ser emitidas con cláusulas que contemplen su vigencia hasta el cumplimiento total de las obligaciones contractuales que ampara.

6.2 La Administración se reserva el derecho de aceptar o rechazar, a su exclusivo juicio, los documentos que constituyan garantías.

6.3 Las garantías se constituirán a la orden de la Intendencia de Rivera, y podrán consistir en:
a) Depósito en efectivo en la Tesorería Municipal.-
b) Fianza, aval o garantía de un banco establecido en la República Oriental del Uruguay, o de un Banco extranjero aceptable por la Administración. En este último caso, deberá constituirse a través de un banco corresponsal de la institución elegida en el Uruguay, de conocida trayectoria en el país, para facilitar la eventual ejecución.
c) Póliza de Seguro del Banco de Seguros del Estado.-

No se admitirán garantías personales de especie alguna.

Se podrá integrar la garantía en más de una de las modalidades indicadas siempre que todas ellas sean constituidas a nombre de la Intendencia de Rivera y que cubran la cantidad exigida en cada relación contractual.

En todos los casos la garantía respectiva se constituirá en la moneda de la oferta.

Para cualquiera de estas formas, las garantías estarán a disposición de la Administración y los contratos originados por éstas, deberán contener cláusulas que establezcan que no será necesario trámite alguno o discusión para hacer efectivo su cobro.

6.4 El documento justificativo de la constitución de garantías deberá contener necesariamente el objeto de la licitación y organismo que realizó el llamado.

6.5 La garantía deberá ser depositada por:
a)el "oferente" (ofertas de empresas nacionales o extranjeras por sí mismas)
b)"empresas consorciadas". Las empresas consorciadas legalmente, según lo establecido en la ley 16.060 del 4 de setiembre de 1989 o aquellas que manifiesten la intención de consorciarse (mediante acta notarial), pero no estén constituidas legalmente a la fecha de apertura de ofertas, deberán depositar mediante alguna de las siguientes opciones : a) por separado cada empresa integrante indicando su denominación y la del consorcio que se propone constituir, debiendo la suma de garantías cubrir el mínimo, o b) una sola garantía, donde se indique la denominación de las empresas integrantes y el nombre del consorcio constituido o a constituir.

6.6 A fin de asegurar la ejecución de las garantías, la Administración comunicará cada incumplimiento del oferente, adjudicatario o contratista al asegurador, a través de comunicaciones y/o resoluciones que aplican sanciones o rescinden el contrato, según las condiciones establecidas en las pólizas de seguros y, en los artículos 634 a 692 del Código de Comercio.

6.7 Cuando la Administración deba proceder al cobro de las garantías, el importe será el que resulte del valor de las mismas en pesos, dólares, tipo de unidad en que se hubiere constituido

6.8 La devolución de las garantías se realizará de oficio o se solicitará mediante nota dirigida a Intendencia de Rivera, en los casos que corresponda según este Pliego.

Al disponerse la devolución de las garantías, se deducirán previamente las cantidades a que haya lugar, ya sea por daños y perjuicios o multas, de acuerdo con las responsabilidades en que pudiera haber incurrido el oferente, adjudicatario o contratista, según el caso.

Las resoluciones que dispongan la rescisión de los contratos o el cobro de multas a deducirse de las garantías, serán notificadas a la empresa aseguradora o institución que corresponda y, dispondrán la intimación de pago y/o cumplimiento del contrato a la empresa contratista.

6.9 Garantía de mantenimiento de ofertas

Previo al acto de apertura de las propuestas, el oferente deberá justificar la constitución de la garantía de mantenimiento de la oferta, en los términos y condiciones establecidos por el art. 55 del TOCAF (1% del monto total de la oferta)

La falta de presentación de esta garantía, será causal de rechazo de la propuesta.

Esta garantía se devolverá de oficio o a petición del interesado, cuando la resolución de adjudicación se haya notificado y haya quedado firme, una vez rechazadas todas las propuestas presentadas o luego de vencido el plazo de vigencia de la oferta.

El adjudicatario podrá retirar la garantía de mantenimiento de oferta una vez constituida la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

6.10 Garantía de cumplimiento de contrato.

Si correspondiere, dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la adjudicación o su ampliación, el adjudicatario deberá justificar la constitución de la garantía de cumplimiento de contrato por un mínimo del 5% de la contratación, en los términos y condiciones previstos por el art. 55 del TOCAF.

Si el adjudicatario no efectuara el depósito de garantía de fiel cumplimiento de contrato dentro del plazo y condiciones establecidos, la Administración podrá aplicar una multa de 1% sobre el importe adjudicado, por cada día calendario de atraso en cumplir con este requisito.

Transcurrido el nuevo plazo otorgado, a falta de constitución de esta garantía en tiempo y forma, hará caducar los derechos del adjudicatario, pudiendo la Administración , iniciar las acciones que pudieran corresponder contra el adjudicatario, por los daños y perjuicios que cause su incumplimiento, tomar como antecedente negativo en futuras licitaciones este hecho y, reconsiderar el estudio de la licitación con exclusión del oferente adjudicado en primera instancia.

Esta garantía podrá ser ejecutada en caso de que el adjudicatario no dé cumplimiento a las obligaciones contractuales y se devolverá luego de producida la finalización de los servicios, con la previa conformidad de los mismos por parte de la Administración.

7.- PROPUESTA

7.1 Las ofertas deberán presentarse por escrito firmado, en original y copia. Cuando estén integradas con folletos ilustrativos y normas técnicas, éstos deberán presentarse por duplicado.

7.2 Las ofertas podrán ser presentadas por:
a) el "oferente" (ofertas de empresas nacionales por sí mismas o extranjeras por sí mismas).
b) consorcios y empresas que manifiesten la intención de consorciarse: En aquellas situaciones en que se presente un grupo de empresas, con intención de consorciarse al amparo de los artículos 501 a 509 de la ley 16.060 de 4 de setiembre de 1989, se deberá:
b1) suscribir un acta que exprese la intención de consorciarse (o contrato de consorcio en su caso), con certificación notarial de firmas, detalle de los servicios que tomará a su cargo cada integrante del consorcio, así como las proporciones con que participa cada uno.
b2) incluir toda la información requerida en este pliego para cada uno de los miembros integrantes del consorcio.
b3) designar a uno de los integrantes, como responsable autorizado para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en representación de todos y cada uno de los miembros del consorcio.
b4) dejar constancia en el Acta de Intención y posteriormente en el Contrato de Consorcio, que cada una de las empresas y sus representantes serán solidariamente responsables para con la Administración de todas las obligaciones contraídas en el marco de la licitación.
b5) expresar la indivisibilidad de las obligaciones contraídas por cada empresa y sus representantes ante el organismo contratante y la no modificación del acta o contrato, sin la previa aprobación de la Administración.
b6) Dentro de los cinco días de notificada la resolución de adjudicación, el contratista deberá presentar el contrato de consorcio, con las condiciones aquí estipuladas y la obligación de su no modificación, sin el previo consentimiento de la Administración.
b7) Transcurrido el plazo citado, sin que el adjudicatario diera cumplimiento a lo establecido en este literal, caducarán sus derechos, pudiendo la Administración reconsiderar el estudio de la licitación con exclusión del oferente adjudicado en primera instancia.

7.3 Las propuestas deberán venir acompañadas de la siguiente documentación:

1) Comprobante de pago del pliego cuando corresponda
2) Justificación suficiente de la representación invocada cuando corresponda
3) Certificado vigente de BPS , DGI y BSE
4) Constancia de depósito de garantía de mantenimiento de oferta
5) Certificado del Registro de Actos Personales expedido al dia hábil anterior al del llamado, libre de inscripciones.

7.4 La oferta de suministros deberá informar los rubros que se indican en el presente artículo. La información deberá ser clara y veraz y, con caracteres fácilmente legibles:
A) Nombre y domicilio del oferente.
B) Cotización de los suministros ofertados.
Deberán cotizarse por precios unitarios y totales con impuestos incluídos. Si no aclarara
los impuestos se considerarán incluídos en el precio.
C) Plazo de entrega de los materiales, los que en ningún caso podrán exceder los 60 días corridos.
D) Deberá establecerse claramente marca y país de origen de los suministros ofertados.
E) Forma de pago.
F) Mantenimiento de la oferta por 120 días

7.5 Los licitantes deberán presentar la propuesta por la totalidad de los suministros requeridos .
7.6 Cláusulas abusivas en las ofertas. Es abusiva, por su contenido o su forma, toda cláusula contenida en la oferta, que contradiga las exigencias del pliego y determine obligaciones en perjuicio de la Administración, así como toda aquella que viole la obligación de actuar de buena fe.

Son consideradas cláusulas abusivas, sin perjuicio de otras, las siguientes:
A) Las que exoneren o limiten la responsabilidad del proveedor por vicios de cualquier naturaleza de los productos o servicios.
B) Las que impliquen la renuncia de los derechos de la Administración.
C) Las que autoricen al proveedor de servicios a modificar los términos de este Pliego.
D) La cláusula resolutoria pactada exclusivamente a favor del proveedor.
E) Las que contengan cualquier precepto que imponga la carga de la prueba en perjuicio de la Administración.
F) Las que establezcan que el silencio de la Administración se tendrá por aceptación de cualquier modificación, restricción o ampliación de lo expresamente pactado en el presente Pliego.

8.- RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas serán recibidas en la fecha indicada en el llamado de esta licitación en la Oficina de Adquisiciones sito en Agraciada 570, Planta Baja del Edificio Comunal

La apertura de ofertas se realizará en la Oficina Notarial.-

Abiertas las ofertas se pondrá a disposición de todos los oferentes una de las vías para que tomen conocimiento de los precios y demás condiciones de todas las presentadas. Los oferentes pueden formular observaciones a las propuestas presentadas en ese momento, las que quedarán registradas en el acta de apertura.

Vencido el plazo para la presentación de las ofertas, no se tomará en cuenta ninguna interpretación, aclaración o ampliación de ellas, salvo aquellas que fueran directa y expresamente solicitadas por escrito por los técnicos o funcionarios expresamente autorizados en el expediente licitatorio o por la Comisión Asesora de Adjudicaciones actuante. En tal caso, el oferente dispondrá del plazo que se establezca en la solicitud, para hacer llegar su respuesta.

9.- VALOR DE LA INFORMACIÓN TÉCNICA PRESENTADA

Todos los datos indicados por el proponente referidos a los elementos contenidos en la oferta, tendrán carácter de compromiso. Si se verifica que no responden estrictamente a lo establecido en la propuesta, la Administración podrá rechazarlos de plano, rescindiendo el contrato respectivo sin que ello dé lugar a reclamación de clase alguna.

10.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS

Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente por el término de 120 días, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas, a menos que, antes de expirar dicho plazo la Administración ya se hubiera expedido respecto a ellas.

El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente, salvo que medie notificación escrita a la Administración manifestando su decisión de retirar la oferta y falta de pronunciamiento de esta última en el término de diez días hábiles perentorios.

No se podrán establecer cláusulas que condicionen el mantenimiento de la oferta en forma alguna o que indiquen otros plazos; caso contrario la Administración, a su exclusivo juicio, podrá desestimar la oferta presentada.
De no recibirse aquélla en el lapso señalado, la oferta podrá ser desestimada.



11.- COMPARACIÓN DE LAS OFERTAS

11.1 Los criterios que utilizará la Administración a efectos de comparar las ofertas serán los siguientes, los que deberán indicarse en cada caso, y según corresponda:
1. Precio
2. Origen de los productos
3. Respaldo técnico y calidad
4. Antecedentes de la empresa, con la Administración y en plaza.
5. Plazo de entrega
6. Mantenimiento de la oferta
El presente orden no implica prelación de tipo alguno.

11.2 La Administración se reserva el derecho de rechazar una propuesta:
a) por falta de información suficiente o, a solicitar información complementaria, a fin de emitir un juicio fundado.
b) en las situaciones de concusión, cohecho, soborno, fraude, abuso de funciones, tráfico de influencias, tratar de influir en los funcionarios intervinientes en el proceso de licitación para obtener una decisión favorable, sin perjuicio de las denuncias penales correspondientes..

11.3 La información para la evaluación técnica será obtenida de las ofertas, pudiéndose en caso de dudas, solicitarse datos complementarios, quedando su costo a cargo del oferente.

12.- ADJUDICACIÓN

La Administración se reserva el derecho de adjudicar la licitación a la o las ofertas que considere más convenientes para sus intereses y a las necesidades del servicio, aunque no sea la de menor precio y también de rechazar a su exclusivo juicio, la totalidad de las ofertas.

La Administración está facultada para:
1. adjudicar la licitación al proponente que reúna las mejores condiciones de las citadas en el artículo precedente;
2. no adjudicar algún suministro;
3. dividir la adjudicación, por razones fundadas, entre varios proponentes;
4. considerar como aspecto preponderante para rechazar una oferta, los antecedentes de los oferentes relacionados con la conducta comercial asumida en el cumplimiento de contrataciones con la misma y, con otros organismos estatales.

La notificación de la resolución de adjudicación a la firma adjudicataria, constituirá a todos los efectos legales el contrato correspondiente a que refieren las disposiciones de este Pliego, siendo las obligaciones y derechos del contratista las que surgen de las normas jurídicas aplicables, los Pliegos, y su oferta.

13.- AJUSTE DE PRECIOS

No se admitirá ajuste de precio.

14.- CONFORMIDAD CON EL SERVICIO .

Los suministros serán controlados por División Alumbrado Público de la Intendencia, quienes procederán a prestar su conformidad por escrito, pudiendo realizar observaciones al mismo si a su juicio entiende que no se ajusta a lo determinado en el presente pliego.

En el caso que algún aspecto del suministro no se adecue a lo establecido en el presente Pliego, el contratista, a su costo y dentro del plazo de 48 horas, deberá corregirlo, no dándose trámite a la conformidad hasta que no haya cumplido con la exigencia que corresponda.



15.- CESION DE CREDITOS.

Cuando se configure una cesión de crédito, según los artículos 1737 y siguientes del Código Civil: a) la Administración se reservará el derecho de oponer al cesionario todas las excepciones que se hubieran podido oponer al cedente, aún las meramente personales, b) la existencia y cobro de los créditos dependerá y se podrá hacer efectiva, en la forma y en la medida que sean exigibles según el Pliego y, por el cumplimiento del servicio.

16.- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO

La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por los oferentes, adjudicatarios, derivadas de su oferta, adjudicación o contrato, podrá dar mérito a que la Administración proponga o disponga, según el caso, la aplicación de las siguientes sanciones, no siendo las mismas excluyentes y pudiendo darse en forma conjunta (dos o más de ellas):
- apercibimiento
- multas
- suspensión del Registro de Proveedores de la Intendencia de Rivera.
- comunicación del Registro de Proveedores del Estado.
- ejecución de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
- demanda por daños y perjuicios
- publicaciones en prensa indicando el incumplimiento.
- resolución de contrato (daños y perjuicios).

17. Será preceptiva la comunicación de la aplicación de sancionas, multas y rescisión contractual al Ministerio de Economía y Finanzas: Dirección General de Comercio, Dirección del Area de Defensa del Consumidor y al Registro de Proveedores del Estado y a la empresa aseguradora, dentro del plazo de 5 días de verificada.

18.- CAUSALES DE RESCISIÓN

La Administración podrá declarar rescindido el contrato sin responsabilidad de ningún tipo, en los siguientes casos, que se enumeran a título enunciativo:
1.- Declaración de quiebra, concurso, liquidación o solicitud de concordato.
2.- Descuento de multas en hasta tres facturas.
3.- Incumplimiento del servicio en un plazo máximo total de cinco días hábiles
4.- Mutuo acuerdo.
5.- Todo otro que suponga incumplimiento del presente pliego de condiciones.
Las causales enunciadas del 1 al 4 de este artículo, podrán dar lugar a la ejecución de la garantía de cumplimiento de contrato.

19.- En caso de considerarse conveniente para los intereses de la Intendencia se utilizarán los institutos establecidos en los términos y condiciones de los artículos 57 y 63 del TOCAF.-

20.- La presente Licitación está condicionada al contralor del Tribunal de Cuentas de la República.

lunes, 1 de septiembre de 2008

COMPRA DE BATERÍAS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 15/08.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES


Art.1º) La INTENDENCIA DE RIVERA llama a Licitación Abreviada para la adquisición de baterías, de acuerdo al siguiente detalle:

Item 1: 18 Baterías 12 V. 180 A.
Item 2: 01 Batería 12 V. 110 A. (positivo lado izquierdo).


Art.2º) Los baterías ofrecidas deberán ser nuevas, sin uso, no admitiéndose mercadería reconstruida.

Art.3º) El proponente indicará por escrito firmado la garantía que ofrecen los productos ofertados.- La misma será respetada íntegramente por el adjudicatario pudiendo la Comuna ejecutar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en caso contrario.-

Art.4º) La oferta se presentará en papel membretado con copia indicando por separado precios unitarios y totales. La cotización será en Dólares debiendo indicar si el precio incluye impuestos, entendiéndose que los incluye si no lo aclarara.-
La Administración podrá aplicar las disposiciones de los Arts. 57 y 63 del TOCAF.-

Art. 5º) Las baterías serán entregadas en la Intendencia Municipal de Rivera, Sector Talleres por cuenta y cargo del proveedor.

Art. 6º) Se deberá establecer en las propuestas: a) Precio cotizado, b) Mantenimiento de la oferta no inferior a 40 días, c) Formas de pago, incluyendo contado y bonificaciones si existieran, d) Se rechazarán sin más trámites las ofertas que no establezcan claramente marca y país de origen de los productos ofertados.-
En caso de que no se cumpla con los plazos de entrega de los materiales o suministros fijados en la oferta o los establecidos en este artículo, la Intendencia previa notificación, cobrará una multa diaria de 2 UR hasta tanto se efectivice el cumplimiento.-
La Intendencia rechazará todos aquellos suministros que no se ajusten a las condiciones establecidas en el presente pliego, siendo de cuenta del Proveedor todos los gastos que se originen como consecuencia del rechazo.- Dichos materiales deberán ser repuestos en un plazo máximo de 48 horas de notificada la devolución del material rechazado.-
La Intendencia de Rivera entiende por entrega inmediata un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles.-


Art.7º) Las propuestas se deberán hacer llegar a la Oficina de Adquisiciones de la Intendencia de Rivera en sobre cerrado en el que se indicará la frase: INTENDENCIA DE RIVERA.-“LICITACIÓN ABREVIADA N° 15/08. BATERÍAS”. En el sobre, además de la oferta se incluirá el Recibo de Compra del Pliego de Condiciones.

Art. 8º) La adjudicación quedará condicionada al contralor preventivo del Tribunal de Cuentas según lo dispuesto en el Art. 211 inciso b, de la Constitución de la República.-

Art. 9º) La Intendencia podrá disponer la adjudicación a la oferta u ofertas más convenientes para sus intereses y a las necesidades del servicio, aunque no sea la de menor precio.-También podrá rechazar las ofertas por motivo de conveniencia sin que se origine derecho de indemnización alguna para los proponentes.-Podrá realizarse adjudicaciones parciales.-

Art. 10º) Para la comparación de las ofertas se tomarán en cuenta los siguientes factores, menor precio global, calidad de las baterías, garantías, plazos de entrega y mejores condiciones de pago; todo a exclusivo criterio de la Comuna.- El presente orden no implica prelación

Art. 11º) Las consultas o solicitudes de aclaraciones se podrán formular por escrito, personalmente o por cualquier medio electrónico en la División Adquisiciones, de la Dirección General de Hacienda, hasta 48 horas antes del día fijado para la apertura de ofertas.-

Art. 12º) En todo lo que no esté previsto en el presente Pliego, será aplicable lo dispuesto por el TOCAF, el Decreto 53/93 y las leyes, decretos nacionales y municipales vigentes a la fecha de apertura de la licitación.-

Art. 13º) Si correspondiera, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la adjudicación el adjudicatario deberá efectivizar la constitución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato por un mínimo del cinco por ciento (5%) del monto de la contratación en los términos previstos por el Art. 55 del TOCAF.-La garantía deberá ser depositada en Tesorería de la Intendencia de Rivera y constituida en la moneda de la oferta.- Se admitirán depósitos en efectivo o póliza de seguro del Banco de Seguros.-

viernes, 29 de agosto de 2008

COMPRA DE CEMENTO PORTLAND

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 14/08.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES


Art.1º) La INTENDENCIA DE RIVERA llama a Licitación Abreviada para la adquisición de bolsas de cemento Pórtland de 50 kilogramos, por hasta un monto máximo de $ 1.900.000 (Pesos uruguayos un millón novecientos mil). Se descarta para este llamado el cemento filler.

Art.2º) Los materiales ofrecidos deberán ser cotizados por precio unitario.(Por bolsa de 50 kilos).
La Intendencia irá retirando las cantidades de Pórtland adquiridos de acuerdo a sus necesidades, a través de ordenes emitidas por la oficina de Compras, por lo que será de responsabilidad del adjudicatario el mantenimiento del stock en condiciones de cumplir con los pedidos realizados en el tiempo estipulado en el Art. 6 “c”.-
Los pagos corresponderán a cada pedido y se realizarán con cada uno de ellos en los plazos establecidos en la adjudicación.

Art.3º) La firma proponente indicará la garantía que ofrecen los materiales, la que será respetada íntegramente por el adjudicatario.

Art.4º) La oferta se presentará en papel membretado con copia indicando los precios unitarios. La cotización será en pesos debiendo incluir impuestos, entendiéndose que los incluye si no lo aclarara.
La Administración podrá aplicar las disposiciones de los Arts. 57 y 63 del TOCAF.-

Art. 5º) Los materiales serán entregados en la Intendencia de Rivera, Cantera Municipal , por cuenta y cargo del proveedor. La comuna podrá rechazar los materiales que no cumplan los requisitos de la presente licitación.

Art. 6º) Se deberá establecer en las propuestas: a) Precio cotizado, b) Mantenimiento de la oferta no inferior a 30 días, c) Plazo de entrega será de 24 horas como máximo de realizada la solicitud por la oficina de compras de la Intendencia, d) Formas de pago, incluyendo contado y bonificaciones por pago contado.

Art.7º) Las propuestas se deberán hacer llegar a la Oficina de Compras de la Intendencia de Rivera en sobre cerrado en el que se indicará la frase: INTENDENCIA DE RIVERA.-“LICITACIÓN ABREVIADA. 14/08; bolsas de cemento Pórtland”.-
Deberá acompañarse con:
A) Identificación del oferente (razón social, representación, domicilio, teléfono, CI y RUC);
B) Comprobante de pago del Pliego.

Art. 8º).- El plazo de recepción de las ofertas se establecerá en los avisos correspondientes, costo del Pliego $ 500.-
Art. 9º) La Intendencia podrá disponer la adjudicación a la oferta u ofertas más convenientes para sus intereses y a las necesidades del servicio, aunque no sea la de menor precio.- También podrá rechazar las ofertas por motivo de conveniencia sin que se origine derecho de indemnización alguna para los proponentes.- Podrán realizarse adjudicaciones parciales y en caso de precios coincidentes podrá dividirse la adjudicación entre los oferentes que se encuentren en dicha condición.-

Art. 10º) Para la comparación de las ofertas se tomarán en cuenta los siguientes factores, mejor precio unitario, plazos de entrega y mejores condiciones de pago; todo a exclusivo criterio de la Comuna.-

Art. 11º) Las consultas o solicitudes de aclaraciones se podrán formular a través del teléfono 062 – 31900 Interno 200,en días y horarios hábiles.-

Art.12º) En todo lo que no esté previsto en el presente Pliego, será aplicable lo dispuesto por el TOCAF, el Decreto 53/93 y las leyes, decretos nacionales y municipales vigentes a la fecha de apertura de la licitación.

Art. 13º) En caso de corresponder dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la adjudicación, el adjudicatario deberá efectivizar la constitución de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato por un monto equivalente al 5 % (cinco por ciento) del monto de la contratación en un todo de acuerdo con lo previsto por el Art. 55 del TOCAF. La garantía deberá ser depositada en Tesorería de la Intendencia Municipal de Rivera y constituída en la moneda de la oferta.- Se admitirán depósitos en efectivo o póliza de seguros del Banco de Seguros.

Art. 14º) El único ajuste que la Intendencia de Rivera abonará por el material licitado será el que realice ANCAP para el mismo, en sus mismas oportunidades y porcentajes.-

miércoles, 9 de julio de 2008

RETROEXCAVADORA CON PALA CARGADORA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 13/08.
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES PARTICULARES
PARA LA CONTRATACIÓN DE: MAQUINARIA


1. ESPECIFICACIONES GENERALES


1.1 OBJETO


El objeto de la presente licitación es la contratación por hora de:

Una retroexcavadora con pala cargadora sobre neumáticos, con maquinista y con respaldo técnico; haciéndose cargo de las tareas de mantenimiento, reposición de piezas de desgaste y reparación de las roturas; que deberá ponerse a la orden de la Dirección de Salubridad, Higiene y Medio Ambiente en un plazo máximo de diez días a partir de la firma del contrato.-
Las tareas de mantenimiento deben ser realizadas fuera del horario de trabajo especificado.-
La unidad será requerida para un trabajo específico.- Una vez terminado ése, se le podrá asignar otro trabajo o la unidad quedará a la espera de una nueva asignación, sin por esto generar ningún costo para la Comuna.-


1.2 COTIZACIONES

Los oferentes deberán cotizar un precio único en pesos uruguayos por hora de trabajo del equipo, discriminando el I.V.A..- Este precio será el mismo independientemente de la tarea y el lugar en que se le asigne trabajo al equipo y deberá incluir el salario del operador, los aportes al BPS, BSE y cualquier otro que corresponda.-
Se liquidará de acuerdo a este precio unitario, por la cantidad de horas, sin discriminar si las mismas fueron realizadas dentro de la jornada normal de trabajo o en días feriados o domingos y si se realizaron más o menos de ocho horas.-
Los trabajos serán controlados por la Intendencia de Rivera, quien llevará el control de horas realizadas.- El maquinista deberá solicitar al encargado o capataz al finalizar la jornada la firma de las horas efectivamente trabajadas.-
Se admitirán cotizaciones por un solo Item.-




1.3 UBICACIÓN, DESCRIPCIÓN Y DESIGNACIÓN

Ubicación: Las tareas a realizar se desarrollarán en todo el Departamento de Rivera, de acuerdo a la necesidad de la Intendencia.-

Descripción: Las mismas consisten en:

Trabajos para la Dirección de Higiene en los sitios de disposición final de residuos,
Limpieza de cauces de arroyos y cañadas en todo el Departamento,
Limpieza de cunetas en centros poblados de todo el Departamento,
Cualquier otra tarea cuya realización esté acorde con las características del equipo para el que se pide cotización, de común acuerdo entre la Intendencia y el Técnico de la Empresa.-


1.4 DOCUMENTOS QUE SE CONSIDERAN PARTE DEL PLIEGO
DE ESPECIFICACIONES

Se consideran parte de este Pliego de Especificaciones Particulares, llamado en adelante P.E.P., además del mismo, los siguientes documentos.-

· Pliego de Condiciones Particulares.-
· Leyes 18046; 18098 y 18099.-
· Enmiendas o aclaraciones efectuadas por la Intendencia relativas a la contratación, durante el plazo del llamado a licitación.-
· Normas Municipales vigentes.-
· TOCAF.-


1.5 REQUERIMIENTOS A CUMPLIR POR EL EQUIPO

Los equipos deberán contar con seguro de accidentes contra terceros vigente durante toda la contratación.-
El llamado está dirigido a conseguir un equipo nuevo o seminuevo, de porte mediano para ser trasladable sin mayores dificultades, y deberá cumplir:

Equipo.- Retroexcavadora con pala cargadora sobre neumáticos.-
Peso en orden de trabajo: Igual o superior a 7.000 Kg.-
Transmisión 4 x 2 o superior.-
Capacidad pala frontal: Mayor a 0,85 m3. colmados de abrir (para permitir empujar y emparejar tipo Bulldozer).
Potencia.- La potencia mínima deberá ser de 55 HP.
Capacidad cucharón: 160 Lts. o más.-
Estado – Deberá ser un equipo nuevo o seminuevo sin pérdidas
El tacho trasero deberá tener un ancho entre 50 y 70 cm., con dientes y extensible.- Deberá permitir correr el carro para poder, trabajar en apertura de zanjas con el equipo no centrado)


1. 6 EXAMEN Y ADQUISICIÓN DE DOCUMENTOS

El P.C.P. puede ser adquirido en la Oficina de Compras, previo pago en la Tesorería de la suma de $ 500-


1. 7 DOCUMENTACION NECESARIA PARA LA PRESENTACIÓN
DE LAS PROPUESTAS

Recibo de adquisición del Pliego.-
Documento que acredite el cumplimiento de la Ley Nº 16.074 de fecha 10/10/89 (obligatoriedad del seguro sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales).- (BSE).-
Documento que acredite la representación de la persona o personas que presenten la oferta.-
Certificado de situación regular de B.P.S. y de D.G.I
Sobre cerrado conteniendo la propuesta en papel membreteado, las hojas foliadas, firmadas y dos copias.- La Empresa oferente deberá incluir toda la información que se solicita, especialmente la indicada en la cláusula 1.4.-


1. 8 APERTURA DE PROPUESTAS

El lugar, fecha y hora de apertura de esta licitación será el indicado en la invitación o publicaciones oportunamente cursadas, que podrá ser modificado mediante aviso.-


1. 9 PROPUESTAS RECIBIDAS FUERA DE LA HORA

Las propuestas recibidas con posterioridad a la hora de apertura anunciada serán devueltas sin abrir.-


1. 10 COMPARACION DE PROPUESTAS

A efectos de la comparación de propuestas, se tendrán en cuenta entre otros los siguientes factores:

Cumplimiento de las bases y condiciones del llamado.
Cumplimiento de los requerimientos del equipo solicitado.
Menor precio cotizado.
Respaldo técnico ofrecido.
Antecedentes del oferente.
El presente orden no implica prelación.-



1. 11 PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS

Las propuestas serán válidas y obligarán a los oferentes por el término de 30 días hábiles a contar desde el día de la apertura de las mismas, a menos que antes de expirar dicho plazo la Intendencia ya se hubiera expedido respecto a ellas.- El vencimiento del plazo establecido precedentemente no librará al oferente, a no ser que medie notificación escrita a la Intendencia de su decisión de retirar la oferta, y a falta de pronunciamiento de ésta última, en el término de 10 días perentorios.-


1.12 ACEPTACION O RECHAZO DE LAS PROPUESTAS

La Intendencia se reserva el derecho de: 1) aceptar las propuestas que considere más convenientes o rechazarlas todas, sin que ello de lugar a reclamación alguna por parte de los proponentes, 2) utilizar los mecanismos previstos en el Art. 57 y 63 del T.O.C.A.F.- 3) Dividir la adjudicación, por razones fundadas, entre varios proponentes.- 4) Considerar como aspecto preponderante para rechazar una oferta los antecedentes de los oferentes relacionados con la conducta comercial asumida en el cumplimiento de contrataciones con la misma y con otros organismos estatales.-


1.13 CONTRATO

La notificación del acto administrativo de adjudicación de la contratación se llevará a cabo en todos los casos (obras públicas, suministros, etc.) por la Intendencia Municipal.-
Las obligaciones y derechos del adjudicatario será las que surgen de los Pliegos, de la oferta, aclaraciones, convenios, de las normas jurídicas aplicables y del contrato cuyo modelo se adjunta.-


1.14 DE LAS GARANTIAS

Garantía de Fiel Cumplimiento: En caso de corresponder, el Oferente que resulte adjudicatario deberá depositar en Tesorería previo a la firma del Contrato, la garantía de fiel cumplimiento , de acuerdo a la siguiente fórmula =

precio hora X 8 horas diarias X 22 días X 5%

Dicho depósito podrá realizarse en efectivo, póliza del Banco de Seguros del Estado o Aval Bancario, en un plazo de 5 días posteriores a la notificación de adjudicación.-


1. 15 PLAZOS

El plazo de la siguiente contratación será de un año prorrogable por igual período siempre y cuando no medie comunicación escrita de cualquiera de las partes desistiendo de la contratación con una anticipación de 30 días a la finalización del período y no se haya alcanzado el tope máximo de la Licitación Abreviada.-

1. 16 FORMAS DE PAGO Y VARIACIONES DE COSTO

Los pagos se realizarán en Pesos Uruguayos.- Debiendo el adjudicatario presentar factura con el detalle de las horas realizadas.- El menor precio cotizado regirá para todas las contrataciones realizadas dentro de esta licitación.-


1. 17 FLETES

No se pagará el rubro flete ni movilización ni implantación ni replanteo ni nada similar, debiendo cotizarse únicamente el precio horario de acuerdo a lo solicitado.-


1.18 De constatarse por parte de la Dirección de Salubridad, Higiene y Medio Ambiente que los equipos de la oferta adjudicada no presentan buenas condiciones de uso, o que el rendimiento de los mismos no es acorde al tipo de equipo arrendado se procederá a la rescisión de contrato, sin responsabilidad alguna para la Comuna.-


1.19 En todo lo que no esté previsto en el presente Pliego, será aplicable lo dispuesto por el TOCAF, el Decreto 53/93 y las leyes, decretos nacionales y municipales vigentes a la fecha de apertura de la licitación.-


1.20 En caso de incumplimiento, la Intendencia de Rivera, notificará del mismo al adjudicatario a modo de observación cuando ocurra por primera vez. Reiterado que sea aplicará sin mas tramite una multa de 10% del monto a facturarse en el mes de producido. En caso de nueva reiteración los porcentajes se irán incrementado en cinco puntos porcentuales, hasta llegar, si fuere del caso, al 50%, donde la Intendencia de Rivera podrá iniciar las acciones para resolver la presente adjudicación, sin responsabilidad alguna de su parte.-


1.21 La presente Licitación está sometida a la condición resolutoria de su aprobación por el Tribunal de Cuentas.-

SERVICIO DE VIGILANCIA

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
PARA LA CONTRATACION DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y PORTERIA


Licitación Abreviada Nº 12/2008.-
Contratación de servicios de vigilancia y portería.-

1.- OBJETO

La Intendencia de Rivera convoca a Licitación Abreviada para la contratación de servicios de vigilancia y portería en dependencias municipales, por el plazo de dos años contado desde la fecha del contrato, y un tope de horas hombre de hasta 6.000 por mes.
El tope de horas mencionado, podrá no ser asignado en su totalidad por la Comuna, sin que este hecho genere responsabilidad alguna para ella.
La Comuna estima una realización mínima de 4000 horas hombre por mes.
Finalizado el primer año de contrato, la Intendencia de Rivera realizará una evaluación del grado de cumplimiento por parte de la empresa de los términos y condiciones de la presente Licitación, a los efectos de determinar o no la continuidad de los servicios contratados; sin que ello implique responsabilidad alguna para la Comuna, todo sin perjuicio de lo dispuesto en los procedimientos establecidos en el art. 63 del TOCAF.

2.- DEFINICIONES E INTERPRETACIONES

El término "Administración" , “Comuna”, “municipio” e “Intendencia” identifican a la Intendencia de Rivera.

El término "oferente o proponente" designa a la persona, empresa o grupo de empresas que manifiesten su interés en consorciarse que presente o someta formalmente una oferta para realizar el servicio, actuando por sí o por medio de sus representantes debidamente autorizados. Si más de una persona física o jurídica pretenden presentar conjuntamente una oferta, lo deberán hacer consorciados. Las obligaciones o responsabilidades que se establezcan se entenderán establecidas en las condiciones previstas en los artículos 6 y 7.

El término “oferta” o “propuesta” es la declaración de voluntad recepticia, mediante la cual una persona física o jurídica o un consorcio, manifiesta querer asumir los derechos y obligaciones que se prevén en este Pliego, de conformidad con las normas aplicables.

El término "adjudicatario" se refiere al oferente cuya oferta haya sido adjudicada por acto administrativo firme dictado por la Administración. Cuando se establezcan o prevean obligaciones o responsabilidades del adjudicatario, siendo éste un consorcio, se entenderán referidas a todos y cada uno de los consorciados, en la forma y condiciones dispuestas en los artículos 6 y 7.

El “contratista” es la persona física o jurídica o grupo de empresas consorciadas que tenga a su cargo la ejecución del servicio, mediante contrato celebrado con la Intendencia de Rivera., ya sea que actúe por sí o por medio de sus representantes legales, en virtud de las condiciones especiales estipuladas en el presente Pliego.

El término "representante" se refiere a la persona designada por el contratista, con poderes suficientes para tratar y resolver todas las cuestiones relativas a la oferta y/o al contrato.

Los "servicios" comprenden el ejercicio de actividades no personales objeto del contrato, que serán llevados a cabo por el contratista de acuerdo a las especificaciones detalladas en el Pliego de Condiciones.

El término "Pliego de Condiciones" se refiere al:

a) Pliego de Condiciones de la Licitación, en adelante "Pliego Particular",

b) Pliego de Condiciones Generales del Organismo, en adelante "Pliego General", en el que constan las condiciones que rigen el objeto del contrato.

c) Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de suministros y servicios no personales en los Organismos Públicos, en adelante "Pliego Único"

d) Aclaraciones y modificaciones al Pliego de Condiciones que la Comuna estime del caso realizar con anterioridad al acto de apertura.

Las palabras o designaciones en singular deben extenderse igualmente al plural y viceversa, cuando la interpretación de los textos escritos lo requiera.

Toda cláusula imprecisa, ambigua, contradictoria u oscura a criterio de la Administración, se interpretará en el sentido más favorable a ésta.

3.- NORMATIVA APLICABLE

Esta contratación se enmarca, en lo aplicable, en lo dispuesto por las siguientes normas:
a) T.O.C.A.F., aprobado por el decreto 194/997 de 10 de junio de 1997.
b) Art. 8º de la Ley 16.134 de 24 de setiembre de 1990.
c) Decreto 53/993 de 28 de enero de 1993 (Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los contratos de suministros y servicios no personales
d) Decreto 342/999 de 26 de octubre de 1999. (Registro General de Proveedores del Estado) modificado por el decreto 20/2002 de 16 de enero de 2002.
e) Ley 17.250 de 11 de agosto de 2000 y su decreto reglamentario No.244/2000 de 23 de agosto de 2000. (Relaciones de consumo).
f) Código de Procedimiento Administrativo Municipal.
g) Ley 17.060 de 23 de diciembre de 1998 (Uso indebido del poder público, corrupción).
h) Leyes, decretos y resoluciones vigentes a la fecha de apertura de la licitación.
i) Normas departamentales que refieran a la materia.
j) Leyes 18046, 18098 y 8099

4.- EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD

La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su realización, o podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas decisiones generará derecho alguno de los participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnizaciones por daños y perjuicios.

5.- PLAZOS, COMUNICACIONES, CONSULTAS, ACLARACIONES Y PRORROGAS

5.1 Comunicaciones. Todas las comunicaciones referidas al presente llamado deberán dirigirse a Unidad Licitaciones Agraciada 570,Rivera, de 13:00 a 18:00 horas, Antel: (062) 31900 int. 145, Fax: (062) 25144.

Quienes remitan comunicaciones o documentos a dicha oficina en cualquiera de las etapas de la negociación deberán conservar el comprobante de acuse de recibo por parte de ésta, el que podrá ser requerido siempre que la Administración lo considere pertinente. De no presentarse el mismo se tendrá por no presentada.

Las comunicaciones podrán realizarse por los siguientes medios: personalmente, carta certificada con aviso de retorno, fax o correo electrónico.

Los oferentes deberán constituir domicilio en la ciudad de Rivera y denunciar el domicilio real de todos los integrantes del consorcio. Dichos domicilios se considerarán válidos mientras no se constituyan o denuncien nuevos en su reemplazo.

La comunicación del cambio de domicilio deberá cumplirse mediante escrito presentado en el expediente de licitación, con firma notarialmente certificada, y tendrá efecto a partir del día hábil inmediato siguiente.

5.2 Aclaraciones y consultas.

Cualquier adquirente de pliegos podrá solicitar a Unidad Licitaciones por cualesquiera de los medios mencionados en el artículo precedente, aclaraciones o consultas específicas mediante comunicación escrita dirigida hasta 5 días, antes de la fecha establecida para el acto de apertura de las ofertas. Vencido dicho término la Administración no estará obligada a proporcionar datos aclaratorios.

Las consultas serán contestadas por el Director de la Secretaría Administrativa en el plazo máximo de 48 horas a partir de su presentación.

La Administración comunicará la prórroga o aclaración solicitadas, así como cualquier información ampliatoria que ella estime necesario realizar, a su exclusivo criterio y, a través de alguno de los medios establecidos en comunicaciones, a todos los que hayan adquirido el Pliego de Condiciones.

5.3 Plazos. Los plazos establecidos en este Pliego se computan en días hábiles administrativos, excepto aquellos mayores de quince días, que se computarán en días corridos o calendario.

Se entenderá por días hábiles aquellos en que funcionan las oficinas de la Administración Pública. Son horas hábiles las correspondientes al horario fijado para el funcionamiento de dichas oficinas.

Las fechas señaladas para realizar actos o hechos, y las fechas de vencimiento de los plazos, que resultaren inhábiles, se prorrogarán automáticamente hasta el día hábil inmediato siguiente.

Los plazos se computan a partir del día siguiente al del acto o hecho que determina el decurso del plazo.

6.- GARANTÍAS

6.1 Todas las garantías se presentarán en Tesorería Municipal deberán ser emitidas con cláusulas que contemplen su vigencia hasta el cumplimiento total de las obligaciones contractuales que ampara.

6.2 La Administración se reserva el derecho de aceptar o rechazar, a su exclusivo juicio, los documentos que constituyan garantías.

6.3 Las garantías se constituirán a la orden de la Intendencia de Rivera, y podrán consistir en:
a) Depósito en efectivo en la Tesorería Municipal.-
b) Fianza, aval o garantía de un banco establecido en la República Oriental del Uruguay, o de un Banco extranjero aceptable por la Administración. En este último caso, deberá constituirse a través de un banco corresponsal de la institución elegida en el Uruguay, de conocida trayectoria en el país, para facilitar la eventual ejecución.
c) Póliza de Seguro del Banco de Seguros del Estado.-

No se admitirán garantías personales de especie alguna.

Se podrá integrar la garantía en más de una de las modalidades indicadas siempre que todas ellas sean constituidas a nombre de la Intendencia de Rivera y que cubran la cantidad exigida en cada relación contractual.

En todos los casos la garantía respectiva se constituirá en la moneda de la oferta.

Para cualquiera de estas formas, las garantías estarán a disposición de la Administración y los contratos originados por éstas, deberán contener cláusulas que establezcan que no será necesario trámite alguno o discusión para hacer efectivo su cobro.

6.4 El documento justificativo de la constitución de garantías deberá contener necesariamente el objeto de la licitación y organismo que realizó el llamado.

6.5 La garantía deberá ser depositada por:
a)el "oferente" (ofertas de empresas nacionales o extranjeras por sí mismas)
b)"empresas consorciadas". Las empresas consorciadas legalmente, según lo establecido en la ley 16.060 del 4 de setiembre de 1989 o aquellas que manifiesten la intención de consorciarse (mediante acta notarial), pero no estén constituidas legalmente a la fecha de apertura de ofertas, deberán depositar mediante alguna de las siguientes opciones : a) por separado cada empresa integrante indicando su denominación y la del consorcio que se propone constituir, debiendo la suma de garantías cubrir el mínimo, o b) una sola garantía, donde se indique la denominación de las empresas integrantes y el nombre del consorcio constituido o a constituir.

6.6 A fin de asegurar la ejecución de las garantías, la Administración comunicará cada incumplimiento del oferente, adjudicatario o contratista al asegurador, a través de comunicaciones y/o resoluciones que aplican sanciones o rescinden el contrato, según las condiciones establecidas en las pólizas de seguros y, en los artículos 634 a 692 del Código de Comercio.

6.7 Cuando la Administración deba proceder al cobro de las garantías, el importe será el que resulte del valor de las mismas en pesos, dólares, tipo de unidad en que se hubiere constituido

6.8 La devolución de las garantías se realizará de oficio o se solicitará mediante nota dirigida a Intendencia de Rivera, en los casos que corresponda según este Pliego.

Al disponerse la devolución de las garantías, se deducirán previamente las cantidades a que haya lugar, ya sea por daños y perjuicios o multas, de acuerdo con las responsabilidades en que pudiera haber incurrido el oferente, adjudicatario o contratista, según el caso.

Las resoluciones que dispongan la rescisión de los contratos o el cobro de multas a deducirse de las garantías, serán notificadas a la empresa aseguradora o institución que corresponda y, dispondrán la intimación de pago y/o cumplimiento del contrato a la empresa contratista.

6.9 Garantía de cumplimiento de contrato.

Si correspondiere, dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la adjudicación o su ampliación, el adjudicatario deberá justificar la constitución de la garantía de cumplimiento de contrato por un mínimo del 5% de la contratación, en los términos y condiciones previstos por el art. 55 del TOCAF (hora hombre X 6.000 X 5%)

Si el adjudicatario no efectuara el depósito de garantía de fiel cumplimiento de contrato dentro del plazo y condiciones establecidos, la Administración podrá aplicar una multa de 1% sobre el importe adjudicado, por cada día calendario de atraso en cumplir con este requisito.

Transcurrido el nuevo plazo otorgado, a falta de constitución de esta garantía en tiempo y forma, hará caducar los derechos del adjudicatario, pudiendo la Administración , iniciar las acciones que pudieran corresponder contra el adjudicatario, por los daños y perjuicios que cause su incumplimiento, tomar como antecedente negativo en futuras licitaciones este hecho y, reconsiderar el estudio de la licitación con exclusión del oferente adjudicado en primera instancia.

Esta garantía podrá ser ejecutada en caso de que el adjudicatario no dé cumplimiento a las obligaciones contractuales y se devolverá luego de producida la finalización de los servicios, con la previa conformidad de los mismos por parte de la Administración.

7.- PROPUESTA

7.1 Las ofertas deberán presentarse por escrito, en original y dos copias. Cuando estén integradas con folletos ilustrativos y normas técnicas, éstos deberán presentarse por duplicado.

7.2 Las ofertas podrán ser presentadas por:
a) el "oferente" (ofertas de empresas nacionales por sí mismas o extranjeras por sí mismas).
b) consorcios y empresas que manifiesten la intención de consorciarse: En aquellas situaciones en que se presente un grupo de empresas, con intención de consorciarse al amparo de los artículos 501 a 509 de la ley 16.060 de 4 de setiembre de 1989, se deberá:
b1) suscribir un acta que exprese la intención de consorciarse (o contrato de consorcio en su caso), con certificación notarial de firmas, detalle de los servicios que tomará a su cargo cada integrante del consorcio, así como las proporciones con que participa cada uno.
b2) incluir toda la información requerida en este pliego para cada uno de los miembros integrantes del consorcio.
b3) designar a uno de los integrantes, como responsable autorizado para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en representación de todos y cada uno de los miembros del consorcio.
b4) dejar constancia en el Acta de Intención y posteriormente en el Contrato de Consorcio, que cada una de las empresas y sus representantes serán solidariamente responsables para con la Administración de todas las obligaciones contraídas en el marco de la licitación.
b5) expresar la indivisibilidad de las obligaciones contraídas por cada empresa y sus representantes ante el organismo contratante y la no modificación del acta o contrato, sin la previa aprobación de la Administración.
b6) Dentro de los cinco días de notificada la resolución de adjudicación, el contratista deberá presentar el contrato de consorcio, con las condiciones aquí estipuladas y la obligación de su no modificación, sin el previo consentimiento de la Administración.
b7) Transcurrido el plazo citado, sin que el adjudicatario diera cumplimiento a lo establecido en este literal, caducarán sus derechos, pudiendo la Administración reconsiderar el estudio de la licitación con exclusión del oferente adjudicado en primera instancia.

7.3 Las propuestas deberán venir acompañadas de la siguiente documentación:

1) Comprobante de pago del pliego cuando corresponda
2) Justificación suficiente de la representación invocada cuando corresponda
3) Certificado vigente de BPS , DGI y BSE
4) Autorización del Ministerio del Interior, para funcionar como empresa de seguridad.- Esta
autorización deberá estar vigente mientras dure la contratación.-
5) Referencia comerciales y con organismos públicos.
6) Justificar experiencia mínima de tres años, en el área licitada.
7) Nombre, dirección y teléfono del Coordinador General en la ciudad de Rivera.-
8) Certificado del Registro de Actos Personales expedido al día hábil anterior al del llamado, libre de inscripciones.
9) Documentación que justifique la calificación del personal gerencial y sus antecedentes.
10) Plan de recorridas de control de personal que preste servicios en las distintas dependencias municipales. Dicho plan podrá ser ajustado por la Intendencia de Rivera en acuerdo con el adjudicatario en cualquier momento de vigencia del contrato.
11) Constancia de inscripción en el Registro de Proveedores de la Intendencia de Rivera.

7.4 La oferta de servicios deberá informar los rubros que se indican en el presente artículo. La información deberá ser clara y veraz y, con caracteres fácilmente legibles:

A) Nombre y domicilio del oferente.
B) La descripción detallada del servicio a prestar e informe de posibles servicios anexos sin costo para la Comuna. (por ej: servicios de apoyo, unidades de respuesta inmediata, etc)
C) Cotización por precios unitarios (hora/hombre) en moneda nacional con todos los impuestos incluídos. No se admitirá diferente cotización por días feriados.
A los efectos de un posible servicio se cotizará hora/hombre con porte de arma
D) Forma de pago.
E) Características del uniforme que vestirán los funcionarios.
F) Características de los equipos de comunicación a proporcionar a los funcionarios.

7.5 Los proponentes deberán presentar la propuesta por la totalidad de los servicios requeridos .
7.6 Cláusulas abusivas en las ofertas. Es abusiva, por su contenido o su forma, toda cláusula contenida en la oferta, que contradiga las exigencias del pliego y determine obligaciones en perjuicio de la Administración, así como toda aquella que viole la obligación de actuar de buena fe.

Son consideradas cláusulas abusivas, sin perjuicio de otras, las siguientes:

A) Las que exoneren o limiten la responsabilidad del proveedor por vicios de cualquier naturaleza de los productos o servicios.
B) Las que impliquen la renuncia de los derechos de la Administración.
C) Las que autoricen al proveedor de servicios a modificar los términos de este Pliego.
D) La cláusula resolutoria pactada exclusivamente a favor del proveedor.
E) Las que contengan cualquier precepto que imponga la carga de la prueba en perjuicio de la Administración.
F) Las que establezcan que el silencio de la Administración se tendrá por aceptación de cualquier modificación, restricción o ampliación de lo expresamente pactado en el presente Pliego.

8.- RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas serán recibidas en la hora y fecha indicada en el llamado de esta licitación en la Oficina de Adquisiciones sito en Agraciada 570, Planta Baja del Edificio Comunal.-

La apertura de ofertas se realizará en la Oficina Notarial.-

Abiertas las ofertas se pondrá a disposición de todos los oferentes una de las vías para que tomen conocimiento de los precios y demás condiciones de todas las presentadas. Los oferentes pueden formular observaciones a las propuestas presentadas en ese momento, las que quedarán registradas en el acta de apertura.

Vencido el plazo para la presentación de las ofertas, no se tomará en cuenta ninguna interpretación, aclaración o ampliación de ellas, salvo aquellas que fueran directa y expresamente solicitadas por escrito por los técnicos o funcionarios expresamente autorizados en el expediente licitatorio o por la Comisión Asesora de Adjudicaciones actuante. En tal caso, el oferente dispondrá del plazo que se establezca en la solicitud, para hacer llegar su respuesta.

9.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y DE CALIDAD

9.1 El servicio cumplirá con las técnicas especializadas de la actividad que se brindará.

9.2 El contratista deberá asegurar que el servicio se cumplirá en los lugares, días, horarios y
condiciones que establezca por escrito la Intendencia de Rivera. La negativa por parte de los funcionarios de la empresa no serán causal que convalide el incumplimiento de lo solicitado por la IRivera, pudiendo ésta aplicar las sanciones que estime pertinentes.
Será de exclusiva responsabilidad del contratista proporcionar el apoyo que su personal requiera para cumplir con las solicitudes establecidas por la Intendencia de Rivera.
Deberá designar un Coordinador General con domicilio en Rivera quien será el nexo vinculante con la Intendencia y estará disponible las 24 horas. Las notificaciones que se le realicen se tomarán como realizadas al adjudicatario. En caso de sustitución deberá comunicarse a la Intendencia de Rivera en un plazo máximo de 24 horas ,tal hecho.

9.3 Los servicios ofrecidos deben cumplir con las siguientes características

I) El adjudicatario dará cumplimiento a las normativas legales que en materia de legislación laboral corresponde a los empleadores, siendo de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de dichas normas; su incumplimiento podrá determinar la rescisión del Contrato.-

II) El adjudicatario se hará responsable del estricto cumplimiento de las tareas asignadas a través de este llamado. La Intendencia de Rivera elaborará un informe mensual que determine el grado de cumplimiento del adjudicatario. Cualquier incumplimiento será notificado a la empresa en forma inmediata siendo de su entera responsabilidad subsanarlo.
En caso de acumular cinco observaciones por incumplimiento o irregularidades en el desempeño de las tareas asignadas, la Intendencia de Rivera podrá resolver el contrato de adjudicación sin responsabilidad alguna de su parte pudiendo incluso reclamar los daños y perjuicios que se ocasionen, sin perjuicio de las multas o sanciones que se apliquen puntualmente .

III) Los funcionarios de la empresa adjudicataria contratada deberán estar uniformados e identificados en forma visible y permanente, mientras dure su horario de trabajo. Deberán además tener equipos de lluvia para tareas en exteriores (impermeable y botas)

IV) Para los servicios de portería la Intendencia tendrá en cuenta la facilidad en el trato con el público y buena presencia del personal propuesto por el adjudicatario, pudiendo la Intendencia de Rivera solicitar la remoción del personal designado por la empresa para tal lugar, si no cumple con estos términos. Para este servicio el uniforme deberá integrarse necesariamente con saco y corbata todo el año.

V) El personal designado por el adjudicatario para las tareas no podrá utilizar armas de fuego, salvo en los casos que fuera requerido expresamente.

VI) La empresa deberá contar con una unidad móvil de apoyo inmediato y permanente, debida y visiblemente identificada, vehículos de año posterior al 2002, con seguro permanente.

VII) La empresa deberá exigir a sus funcionarios la presentación de certificados de buena conducta previo a su contratación. La intendencia podrá solicitar la exhibición de los mismos en cualquier momento. El incumplimiento del presente item se considerará falta grave.

VIII) El adjudicatario deberá proporcionar a su personal, equipos de comunicación con su sede central en la ciudad de Rivera en un plazo de 30 días, posteriores a la firma del contrato de adjudicación.

9.4) Los Serenos deberán guardar una actitud vigilante en forma permanente. Mientras dure su horario de trabajo, bajo ningún concepto podrán abandonar su puesto, considerándose tal actitud falta grave.
Deberán realizar recorridas constantes por los predios asignados, comunicando cualquier irregularidad percibida de forma inmediata, a su Superior, quien a su vez lo hará saber por escrito al Jerarca de la Dependencia Municipal donde se cumple el servicio en un plazo máximo de 24 horas.
No podrán, durante el horario de trabajo recibir visitas de especie alguna, ni promover reuniones particulares. Esta irregularidad se considerará falta grave.

9.5 La Empresa llevará en cada lugar donde preste servicio un libro de ocurrencias diarias que estará a libre disposición del Jerarca Municipal del lugar.

9.6 Para las tareas a desarrollarse en el Vertedero Municipal, se impartirán órdenes de servicio que deberán ser cumplidas estrictamente por la Empresa adjudicataria

10.- VALOR DE LA INFORMACIÓN TÉCNICA PRESENTADA

Todos los datos indicados por el proponente referidos a los elementos contenidos en la oferta, tendrán carácter de compromiso. Si se verifica que no responden estrictamente a lo establecido en la propuesta, la Administración podrá rechazarlos de plano, rescindiendo el contrato respectivo sin que ello dé lugar a reclamación de clase alguna.

11.- COTIZACIÓN DE LA PROPUESTA

Los precios cotizados deben incluir todos los gastos que cubran el cumplimiento del servicio que se establece en el presente Pliego.

Las ofertas deberán cotizarse en moneda nacional, debiéndose incluir en el precio, la totalidad de los impuestos que correspondan, explicitándose claramente cuales son .

En caso de que esta información no surja de la propuesta, se considerará que el precio cotizado comprende todos los impuestos.

12.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS

Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente por el término de 60 días, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas, a menos que, antes de expirar dicho plazo la Administración ya se hubiera expedido respecto a ellas.

El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente, salvo que medie notificación escrita a la Administración manifestando su decisión de retirar la oferta y falta de pronunciamiento de esta última en el término de diez días hábiles perentorios.

No se podrán establecer cláusulas que condicionen el mantenimiento de la oferta en forma alguna o que indiquen otros plazos; caso contrario la Administración, a su exclusivo juicio, podrá desestimar la oferta presentada.
De no recibirse aquélla en el lapso señalado, la oferta podrá ser desestimada.

13.- COMPARACIÓN DE LAS OFERTAS

13.1 Los criterios que utilizará la Administración a efectos de comparar las ofertas serán los siguientes, los que deberán indicarse en cada caso, y según corresponda:
1. Precio
2. Servicios ofrecidos
3. Respaldo técnico
4. Antecedentes de la empresa, con la Administración y en plaza.
El presente orden no implica prelación de tipo alguno.

13.2 La Administración se reserva el derecho de rechazar una propuesta:
a) por falta de información suficiente o, a solicitar información complementaria, a fin de emitir un juicio fundado.
b) en las situaciones de concusión, cohecho, soborno, fraude, abuso de funciones, tráfico de influencias, tratar de influir en los funcionarios intervinientes en el proceso de licitación para obtener una decisión favorable, sin perjuicio de las denuncias penales correspondientes..

13.3 Las ofertas que coticen en moneda extranjera, serán rechazadas sin responsabilidad alguna para la Intendencia.

13.4 La información para la evaluación técnica será obtenida de las ofertas, pudiéndose en caso de dudas, solicitarse datos complementarios, quedando su costo a cargo del oferente.

14.- ADJUDICACIÓN

La Administración se reserva el derecho de adjudicar la licitación a la o las ofertas que considere más convenientes para sus intereses y a las necesidades del servicio, aunque no sea la de menor precio y también de rechazar a su exclusivo juicio, la totalidad de las ofertas.

La Administración está facultada para:
1. adjudicar la licitación al proponente que reúna las mejores condiciones de las citadas en el artículo precedente, salvo que por razones fundadas, la adjudicación debe efectuarse a un único oferente;
2. no adjudicar algún servicio;
3. dividir la adjudicación, por razones fundadas, entre varios proponentes;
4. considerar como aspecto preponderante para rechazar una oferta, los antecedentes de los oferentes relacionados con la conducta comercial asumida en el cumplimiento de contrataciones con la misma y, con otros organismos estatales.

La notificación de la resolución de adjudicación a la firma adjudicataria, constituirá a todos los efectos legales el contrato correspondiente a que refieren las disposiciones de este Pliego, siendo las obligaciones y derechos del contratista las que surgen de las normas jurídicas aplicables, los Pliegos, y su oferta.
En caso que, vencido el primer año de adjudicación la Intendencia resolviere no prorrogar el contrato, comunicará tal hecho por escrito a la empresa adjudicataria con una anticipación no menor a 45 días antes de la fecha de vencimiento del mismo.

15.- AJUSTE DE PRECIOS

FORMULA DE AJUSTE PARAMETRICO

El pago se realizará por facturación mensual.-
El precio será ajustado mediante la aplicación de la siguiente fórmula paramétrica:

P = Po (0,4 J/Jo + 0,6 V/Vo)

DONDE:

P = Valor actualizado
Po = Valor a precios de licitación
J/Jo = índice de variación del Laudo (Grupo 19, subgrupo 08) *
V/Vo = índice del costo de vida
Jo y Vo = Son los que rigen el día 30 del mes anterior al de la fecha de presentación de
Propuesta
J y V = Son los que rigen el último día del mes de realización de los trabajos.-

* En caso de no existir Laudo se regirá por la variación del Salario Mínimo Nacional.-

16.- PLAZO Y CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO

El cumplimiento del servicio se verificará dentro de las 24 horas de emitida la primer orden de servicio , en los horarios, lugares y condiciones indicados por la Administración.

17.- CONFORMIDAD CON EL SERVICIO .

Los servicios prestados serán controlados por cada una de las oficinas municipales donde la empresa preste sus servicios , quienes procederán a prestar su conformidad por escrito, pudiendo realizar observaciones al mismo si a su juicio entiende que no se ajusta a lo determinado en el presente pliego y las ordenes de servicio que se expidan. Las observaciones se realizarán a través de Ordenes de Servicio, que serán notificadas al contratista.

En el caso que algún aspecto del servicio no se adecue a lo establecido en el presente Pliego, el contratista, a su costo y dentro del plazo de 24 horas, deberá corregirlo, no dándose trámite a la conformidad hasta que no haya cumplido con la exigencia que corresponda.

18.- CESION DE CREDITOS.

Cuando se configure una cesión de crédito, según los artículos 1737 y siguientes del Código Civil: a) la Administración se reservará el derecho de oponer al cesionario todas las excepciones que se hubieran podido oponer al cedente, aún las meramente personales, b) la existencia y cobro de los créditos dependerá y se podrá hacer efectiva, en la forma y en la medida que sean exigibles según el Pliego y, por el cumplimiento del servicio.

19.- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO

La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por los oferentes, adjudicatarios o contratistas, derivadas de su oferta, adjudicación o contrato, podrá dar mérito a que la Administración proponga o disponga, según el caso, la aplicación de las siguientes sanciones, no siendo las mismas excluyentes y pudiendo darse en forma conjunta (dos o más de ellas):
- apercibimiento
- multas
- suspensión del Registro de Proveedores de la Intendencia de Rivera.
- comunicación del Registro de Proveedores del Estado.
- ejecución de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
- demanda por daños y perjuicios
- publicaciones en prensa indicando el incumplimiento.
- resolución de contrato (daños y perjuicios).

20. Será preceptiva la comunicación de la aplicación de sancionas, multas y rescisión contractual al Ministerio de Economía y Finanzas: Dirección General de Comercio, Dirección del Area de Defensa del Consumidor y al Registro de Proveedores del Estado y a la empresa aseguradora, dentro del plazo de 5 días de verificada.

21. En especial, y para los casos que se detallan, se aplicarán las siguientes multas:
- Uso de uniforme inapropiado, incompleto o deteriorado 5 UR
- Falta de identificación 5 UR
- Falta de provisión de medios de comunicación 5 UR
- No comunicar cambio de domicilio 2 UR
- No comunicar cambio de Coordinador 15 UR
- No proveer unidad de respuesta 15 UR
- Unidad de respuesta sin identificar visiblemente 2 UR
- Llegada tarde a lugar de trabajo 15 UR
- Omisión de funciones 10 UR
- No comunicar hechos graves en tiempo y forma 10 UR
- Faltas graves 30 UR

22.- CAUSALES DE RESCISIÓN

La Administración podrá declarar rescindido el contrato sin responsabilidad de ningún tipo, en los siguientes casos, que se enumeran a título enunciativo:
1.- Declaración de quiebra, concurso, liquidación o solicitud de concordato.
2.- Descuento de multas en hasta tres facturas.
3.- Incumplimiento del servicio en un plazo máximo total de cinco días hábiles
4.- Mutuo acuerdo.
5.- Todo otro que suponga incumplimiento del presente pliego de condiciones y ordenes de servicio impartidas.
Las causales enunciadas del 1 al 4 de este artículo, podrán dar lugar a la ejecución de la garantía de cumplimiento de contrato.
6. El caso previsto en el Art. 1 del presente Pliego.

23.- En caso de considerarse conveniente para los intereses de la Intendencia se utilizarán los institutos de mejora de ofertas y negociación, establecidos en los términos y condiciones del Art. 57 del TOCAF.-

martes, 1 de julio de 2008

CAMIONES CON VOLCADORA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 11/08
ARRENDAMIENTO DE CAMIONES


Art. 1 - OBJETO DE LA LICITACIÓN

Art. 1. 1 – La Intendencia Municipal de Rivera a través de la Dirección General de Salubridad, Higiene y Medio Ambiente llama a Licitación hasta el tope máximo de la Licitación Abreviada, para el arrendamiento de tres camiones con volcadora, para cumplir tareas inherentes a dicha dirección en el Departamento de Rivera.-
Cada unidad será requerida para un trabajo específico.- Una vez terminado éste, se podrá asignar la unidad a otro trabajo o la unidad quedará a la espera de una nueva asignación, sin por esto generar ningún costo para la Comuna.-
La descripción y características mínimas requeridas de los camiones se detallan en los distintos Item del Art. 4.-

Art. 2 - CONDICIONES GENERALES

Art. 2. 1 – Los camiones deberán estar en muy buenas condiciones de uso, y el rendimiento horario de los mismos deberá estar acorde a las características de cada camión, según lo detallado en el Art. 4.-

Art. 2. 2 – De constatarse por parte de la Intendencia que los camiones ofrecidos no presentan buenas condiciones de uso, o que el rendimiento de los mismos no está de acuerdo al tipo de camión arrendado se procederá a la rescisión de contrato, sin responsabilidad alguna para la Comuna.-

Art. 2. 3 - El oferente en caso de rotura de los camiones dispondrá de un plazo de 48 horas para proceder a su reparación, cumplido el plazo establecido, la Intendencia podrá requerir que el camión defectuoso sea sustituido por otro de condiciones iguales al originalmente ofertado.-
En caso que los periodos de interrupción de labor por cualquier motivo, fueran inferiores a 48 horas, se admitirá una tolerancia mensual total de 96 horas. Alcanzado dicho máximo el oferente deberá sustituir definitivamente el vehículo por otro de similares características que el ofertado, a entera satisfacción de la Comuna.-
Sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente, por cada día de incumplimiento, se aplicará una multa equivalente al importe de cinco horas de trabajo, pudiéndose duplicar para casos de reincidencias.-

Art.2. 4 – El plazo de recepción de ofertas vence el día 16 de Julio de 2008 a la hora.14:30 efectuándose la apertura media hora después en División Adquisiciones ante los interesados que deseen participar.


Art. 3 - ADJUDICACIONES Y FORMA DE PAGO

Art. 3. 1 - Los camiones requeridos deberán cumplir como mínimo los requisitos técnicos del Art. 4.- Las ofertas que no cumplan este requisito serán automáticamente rechazadas.-

Art. 3. 2 - Si la oferta que resultare ganadora en cualquiera de los items, no cubriera la cantidad de camiones requeridos por la Intendencia, se procederá de la siguiente manera:
A) Si entre la oferta adjudicada y las siguientes existiera una diferencia que no supere el 10% , se adjudicará a la segunda los camiones que restaren contratar.
Si aun la oferta que resultare en segundo lugar no cubriera la cantidad de camiones requeridos y la diferencia no superara el 10% se adjudicará el faltante a la tercera oferta y así sucesivamente siempre y cuando la diferencia no superara el 10%.
B) Existiendo una diferencia superior al 10% entre el menor precio ofertado y las siguientes se invitará a la oferta que estuviera en segundo lugar a contratar por el menor precio ofertado. En caso de negativa se citará a quien estuviera en tercer lugar. Si este también optara por la negativa se invitará al cuarto y así sucesivamente.
Si todos optaren por la negativa se contratará solo con la oferta de menor precio.
Los precios se reajustarán cada cuatro meses por IPC.

Art. 3. 3 - En forma general el oferente entregará el camión correspondiente con Chofer experto en el tipo de vehículo que corresponda, haciéndose cargo de las tareas de mantenimiento, de la reposición de piezas de desgaste y de la reparación de las roturas.- Las tareas de mantenimiento deben ser realizadas fuera del horario de trabajo especificado.- Correrá por cuenta del contratado, combustible, lubricantes así como salarios, demás rubros de naturaleza salarial y aportes al BPS; BSE y MTSS.- La Intendencia Municipal de Rivera, no será responsable por las reclamaciones de ninguna índole de empleados del oferente ,bajo ninguna circunstancia.-

Art. 3. 4 - Las propuestas se deberán hacer llegar a la Oficina de Compras de la Intendencia Municipal de Rivera en sobre cerrado en el que se indicará la frase: INTENDENCIA MUNICIPAL DE RIVERA. “LICITACIÓN ABREVIADA Nº 11/08 Arrendamiento de Camiones con Volcadora”
La oferta para cada item se presentará en la siguiente forma:

Tipo camión ofertado.................................................................
Cantidad ofertada......................................................................
Marca.......................................Año.......................................
Modelo...................................................................................
Precio por hora (impuestos incluídos) con Chofer.................
Capacidad de caja volcadora....................................................

La oferta deberá acompañarse con:
A) Identificación del oferente (razón social, domicilio, teléfono, CI y RUC)
B) Comprobante de pago del Pliego.
C) Constancia de Seguros contra accidentes de trabajo.
D) Certificados de BPS y DGI al día.-
E) Plazo de mantenimiento de la oferta no inferior a 20 (veinte) días hábiles.-
F) Seguro por accidentes contra terceros (por el camión)
Art. 3 . 5 - La Intendencia a través de la DGSHMA o quien esta designe comunicará con antelación de 24 horas su disposición de utilización de los camiones licitados.-
Se abonará por hora efectiva trabajada, con total independencia de que su realización sea en día u horario inhábil y el contralor del horario de trabajo será por planilla firmada por el capataz y refrendada por el Director de División Higiene.-

Art.4. Los vehículos a contratarse deberán cumplir con los siguientes requisitos:

CAMIONES CON VOLCADORA

Item 1:
Cantidad : 1 (uno)
C.A.T. (SUCTA) vigente.-
Volumen mínimo de caja: 10 metros cúbicos.-
Empadronados en la IMRivera.
Seguro por accidentes contra terceros.
No podrán ser anteriores al año 1980.

Item 2:
Cantidad: 2 (dos)
C.A.T. (SUCTA) vigente.-
Volumen mínimo de caja: 8 metros cúbicos.-
Empadronados en la IMRivera.
Seguro por accidentes contra terceros.
No podrán ser anteriores al año 1980.

Art.5.- La Intendencia podrá disponer la adjudicación a la oferta u ofertas más convenientes para sus intereses y a las necesidades del servicio, aunque no sea la de menor precio. También podrá rechazar las ofertas por motivo de conveniencia sin que se origine derecho de indemnización alguna para los proponentes.

Art. 6.- Las consultas o solicitudes de aclaraciones se podrán formular a través del teléfono 062 – 31900 internos 107 o 112, en días y horarios hábiles.-

Art. 7 .- GARANTIA FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la adjudicación el adjudicatario deberá justificar la constitución de la garantía de cumplimiento de contrato por un mínimo del 5% (cinco por ciento) de la contratación, en los términos previstos por el art. 55 del TOCAF.
Todas las garantías se presentarán en la Tesorería Municipal de la Intendencia. La Administración se reserva el derecho de aceptar o rechazar a su exclusivo juicio los documentos que constituyan garantías. Las garantías se constituirán a la orden de la Intendencia Municipal de Rivera y podrán consistir en : a) Depósitos en efectivo; b) Póliza de seguro de fianza del Banco de Seguros del Estado; c) fianza, aval o garantía de un banco establecido en la República Oriental del Uruguay.
Se podrán constituir las garantías en más de una de las modalidades indicadas siempre que todas ellas sean constituídas a nombre de la Intendencia y que cubran la cantidad exigida en cada relación contractual.

Art.8.- En todo lo que no esté previsto en el presente Pliego, será aplicable lo dispuesto por el TOCAF, el Decreto 53/93 y las leyes, decretos nacionales y municipales vigentes a la fecha de apertura de la licitación.

Art. 9 .- La presente Licitación está sujeta a la condición resolutoria de su aprobación por el Tribunal de Cuentas.-

Art. 10 .- Durante la vigencia de la contratación el vehículo contratado deberá contar con seguro contra terceros.- La Intendencia exigirá en cualquier momento la presentación de la documentación que acredite tal extremo pudiendo en caso de incumplimiento del contratista rescindir esta contratación y reclamar contra el los daños y perjuicios que se le ocasionen.-

Art. 11 .- La Intendencia Municipal de Rivera podrá aplicar los mecanismos previstos en los Arts. 57 y 63 del TOCAF.-

lunes, 30 de junio de 2008

LÍNEA DE ÓMNIBUS

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
PARA CONCESIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO URBANO LINEA: RUTA 27 y 5 – SANTA TERESA


Licitación Pública Nº 02/08.-

1.- OBJETO

Se convoca a interesados en la concesión del servicio de transporte público urbano línea Ruta 27 (frente a Ricorfrey) – Santa Teresa (Liceo N° 4) de la ciudad de Rivera hasta el final de la presente Administración.

2.- DEFINICIONES E INTERPRETACIONES

El término "Administración”, “Municipio”, “Intendencia”, “Comuna” identifican a la Intendencia de Rivera.
El término "oferente o proponente" designa a la persona, empresa o grupo de empresas que manifiesten su interés en consorciarse que presente o someta formalmente una oferta para realizar el servicio, actuando por sí o por medio de sus representantes debidamente autorizados. Si más de una persona física o jurídica pretenden presentar conjuntamente una oferta, lo deberán hacer consorciados. Las obligaciones o responsabilidades que se establezcan se entenderán establecidas en las condiciones previstas en los artículos 6 y 7.
El término “oferta” o “propuesta” es la declaración de voluntad recepticia, mediante la cual una persona física o jurídica o un consorcio, manifiesta querer asumir los derechos y obligaciones que se prevén en este Pliego, de conformidad con las normas aplicables.
El término "adjudicatario" se refiere al oferente cuya oferta haya sido adjudicada por acto administrativo firme dictado por la Administración. Cuando se establezcan o prevean obligaciones o responsabilidades del adjudicatario, siendo éste un consorcio, se entenderán referidas a todos y cada uno de los consorciados, en la forma y condiciones dispuestas en los artículos 6 y 7.
El “contratista” es la persona física o jurídica o grupo de empresas consorciadas que tenga a su cargo la ejecución del servicio, mediante contrato celebrado, ya sea que actúe por sí o por medio de sus representantes legales, en virtud de las condiciones especiales estipuladas en el presente Pliego.
El término "representante" se refiere a la persona designada por el contratista, con poderes suficientes para tratar y resolver todas las cuestiones relativas a la oferta y/o al contrato.
Los "servicios" comprenden el ejercicio de actividades no personales objeto del contrato, que serán llevados a cabo por el contratista de acuerdo a las especificaciones detalladas en el Pliego de Condiciones.
El término "Pliego de Condiciones" se refiere al:
a) Pliego de Condiciones del llamado, en adelante "Pliego Particular",
b) Pliego de Condiciones Generales del Organismo, en adelante "Pliego General", en el que constan las condiciones que rigen el objeto del contrato.
c) Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de suministros y servicios no personales en los Organismos Públicos, en adelante "Pliego Unico"
d) Aclaraciones y modificaciones al Pliego de Condiciones que la Intendencia de Rivera estime del caso realizar con anterioridad al acto de apertura.
Las palabras o designaciones en singular deben extenderse igualmente al plural y viceversa, cuando la interpretación de los textos escritos lo requiera.
Toda cláusula imprecisa, ambigua, contradictoria u oscura a criterio de la Administración, se interpretará en el sentido más favorable a ésta.

3.- NORMATIVA APLICABLE

Esta contratación se enmarca, en lo aplicable, en lo dispuesto por las siguientes normas:
a) Constitución de la República Art. 51, 273 Num. 8; 275 Num. 4
b) T.O.C.A.F.
c) Art. 8º de la Ley 16.134 de 24 de setiembre de 1990.
d) Decreto 53/993 de 28 de enero de 1993 (Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales para los contratos de suministros y servicios no personales
e) artículo 42 de la ley 16.736 de 5 de enero de 1996 y su decreto reglamentario 395/998 de 30 de diciembre de 1998. (Sistema Integrado de Información Financiera).
f) Decreto 342/999 de 26 de octubre de 1999. (Registro General de Proveedores del Estado) modificado por el decreto 20/2002 de 16 de enero de 2002.
g) Ley 17.250 de 11 de agosto de 2000 y su decreto reglamentario No.244/2000 de 23 de agosto de 2000. (Relaciones de consumo).
h) Decreto 500/991 de 27 de setiembre de 1991 (Procedimiento Administrativo).
i) Artículo 581, ley 17.296 de 21 de febrero 2001 y decreto 333/2001 de 21 de agosto de 2001.
j) Ley 17.060 de 23 de diciembre de 1998 (Uso indebido del poder público, corrupción).
k) Leyes, decretos y resoluciones vigentes a la fecha de apertura de la licitación.
l) Normas departamentales que refieran a la materia. (Ordenanza General de Tránsito y Reglamento 20/10/78)

4.- EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD

La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su realización, o podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas decisiones generará derecho alguno de los participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnizaciones por daños y perjuicios.

5.- PLAZOS, COMUNICACIONES, CONSULTAS, ACLARACIONES Y PRORROGAS

5.1 Comunicaciones. Todas las comunicaciones referidas al presente llamado deberán dirigirse a la Unidad Licitaciones – Tel. (062) 31900 Int. 145.-
Quienes remitan comunicaciones, en cualquiera de las etapas de la negociación deberán conservar el comprobante de acuse de recibo por parte de ésta, el que podrá ser requerido siempre que la Administración lo considere pertinente. De no presentarse el mismo se tendrá por no presentada.
Las comunicaciones podrán realizarse por los siguientes medios: personalmente, carta certificada con aviso de retorno, fax o correo electrónico.
Los oferentes deberán constituir domicilio en la Ciudad de Rivera y denunciar el domicilio real de todos los integrantes del consorcio. Dichos domicilios se considerarán válidos mientras no se constituyan o denuncien nuevos en su reemplazo.
La comunicación del cambio de domicilio deberá cumplirse mediante escrito presentado en el expediente de licitación, con firma notarialmente certificada, y tendrá efecto a partir del día hábil inmediato siguiente.

5.2 Aclaraciones y consultas.

Cualquier adquirente de pliegos podrá solicitar por cualesquiera de los medios mencionados en el artículo precedente, aclaraciones o consultas específicas mediante comunicación escrita dirigida hasta 5 días, antes de la fecha establecida para el acto de apertura de las ofertas. Vencido dicho término la Administración no estará obligada a proporcionar datos aclaratorios.
Las consultas serán contestadas en el plazo máximo de 72 horas a partir de su presentación.
La Administración comunicará la prórroga o aclaración solicitadas, así como cualquier información ampliatoria que ella estime necesario realizar, a su exclusivo criterio y, a través de alguno de los medios establecidos en comunicaciones, a todos los que hayan adquirido el Pliego de Condiciones.

5.3 Plazos. Los plazos establecidos en este Pliego se computan en días hábiles administrativos, excepto aquellos mayores de quince días, que se computarán en días corridos o calendario.
Se entenderá por días hábiles aquellos en que funcionan las oficinas de la Administración Pública. Son horas hábiles las correspondientes al horario fijado para el funcionamiento de dichas oficinas. (art.113, decreto 500/991).
Las fechas señaladas para realizar actos o hechos, y las fechas de vencimiento de los plazos, que resultaren inhábiles, se prorrogarán automáticamente hasta el día hábil inmediato siguiente.
Los plazos se computan a partir del día siguiente al del acto o hecho que determina el decurso del plazo.




6.- PROPUESTA

6.1 Las ofertas deberán presentarse por escrito, firmado en original y copia.
6.2 Las ofertas podrán ser presentadas por:
a) el "oferente" (ofertas de empresas nacionales por sí mismas o extranjeras por sí mismas).
b) consorcios y empresas que manifiesten la intención de consorciarse: En aquellas situaciones en que se presente un grupo de empresas, con intención de consorciarse al amparo de los artículos 501 a 509 de la ley 16.060 de 4 de setiembre de 1989, se deberá:
b1) suscribir un acta que exprese la intención de consorciarse (o contrato de consorcio en su caso), con certificación notarial de firmas, así como las proporciones con que participa cada uno.
b2) incluir toda la información requerida en este pliego para cada uno de los miembros integrantes del consorcio.
b3) designar a uno de los integrantes, como responsable autorizado para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en representación de todos y cada uno de los miembros del consorcio.
b4) dejar constancia en el Acta de Intención y posteriormente en el Contrato de Consorcio, que cada una de las empresas y sus representantes serán solidariamente responsables para con la Administración de todas las obligaciones contraídas en el marco de la licitación.
b5) expresar la indivisibilidad de las obligaciones contraídas por cada empresa y sus representantes ante el organismo contratante y la no modificación del acta o contrato, sin la previa aprobación de la Administración.
b6) Dentro de los..5dias de notificada la resolución de adjudicación, el contratista deberá presentar el contrato de consorcio, con las condiciones aquí estipuladas y la obligación de su no modificación, sin el previo consentimiento de la Administración.
b7) Transcurrido el plazo citado, sin que el adjudicatario diera cumplimiento a lo establecido en este literal, caducarán sus derechos, pudiendo la Administración reconsiderar el estudio de la licitación con exclusión del oferente adjudicado en primera instancia.

6.3 Las propuestas con copia, deberán venir acompañadas de la siguiente documentación:
1) Comprobante de pago del pliego cuando corresponda
2) Documentación que acredite la representación invocada, autenticada notarialmente
3) Certificado único BPS (vigente)
4) Certificado único DGI (vigente)
5) Seguro contra accidentes laborales del BSE (vigente)
6) Contacto permanente en la Ciudad de Rivera disponible las 24horas.
7) Antecedentes de la Empresa en tareas similares.
8) Detalle expresado en la cláusula 9.4
9) Fotografías exterior e interior del ómnibus (frente, fondo y costado).

6.4 Cada proponente deberá presentar la propuesta por la totalidad de los servicios requeridos.
6.5 Serán desestimadas las propuestas cuando: a) contengan cláusulas abusivas.
6.6 Cláusulas abusivas en las ofertas. Es abusiva, por su contenido o su forma, toda cláusula contenida en la oferta, que contradiga las exigencias del pliego y determine obligaciones en perjuicio de la Administración, así como toda aquella que viole la obligación de actuar de buena fe.
Son consideradas cláusulas abusivas, sin perjuicio de otras, las siguientes:
A) Las que exoneren o limiten la responsabilidad del proveedor por vicios de cualquier naturaleza de los productos o servicios.
B) Las que impliquen la renuncia de los derechos de la Administración.
C) Las que autoricen al concesionario de servicios a modificar los términos de este Pliego.
D) La cláusula resolutoria pactada exclusivamente a favor del proveedor.
E) Las que contengan cualquier precepto que imponga la carga de la prueba en perjuicio de la Administración.
F) Las que establezcan que el silencio de la Administración se tendrá por aceptación de cualquier modificación, restricción o ampliación de lo expresamente pactado en el presente Pliego.

7.- RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS

Las propuestas serán recibidas hasta el día 31 de Julio de 2008 a la hora 14:30 en el local de EDIFICIO COMUNAL sito en, Agraciada 570, Oficina de Adquisiciones.-
La apertura de las propuestas se realizará media hora después en la citada dependencia.
Abiertas las ofertas se pondrá a disposición de todos los oferentes una de las vías para que tomen conocimiento de los precios y demás condiciones de todas las presentadas. Los oferentes pueden formular observaciones a las propuestas presentadas en ese momento, las que quedarán registradas en el acta de apertura.
Vencido el plazo para la presentación de las ofertas, no se tomará en cuenta ninguna interpretación, aclaración o ampliación de ellas, salvo aquellas que fueran directa y expresamente solicitadas por escrito por los técnicos o funcionarios expresamente autorizados en el expediente licitatorio o por la Comisión Asesora de Adjudicaciones actuante. En tal caso, el oferente dispondrá del plazo que se establezca en la solicitud, para hacer llegar su respuesta.

8.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y DE CALIDAD

8.1 Las características, turnos y recorridos a otorgar en concesión son los establecidos en el Anexo I que forma parte integrante de este Pliego..
8.2 El concesionario deberá asegurar que el servicio se cumplirá en los lugares, días, horarios y condiciones: que establezca la Intendencia de Rivera, en forma permanente, continua e ininterrumpida de acuerdo a las directivas impartidas por la Dirección General de Tránsito y Transporte de la I.Rivera, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente justificados a criterio del Municipio. No se entenderá caso fortuito o fuerza mayor a via de ejemplo, sin ser taxativo, las huelgas, paros gremiales y o medidas sindicales.
8.3 La presente concesión es intransferible, tampoco conferirá a las Empresas privilegio ni exclusividad.
-El concesionario dará cumplimiento , bajo su total y única responsabilidad , a todas las disposiciones que en materia laboral y de seguridad social regulan este tipo de actividades. Constatada por parte de la Intendencia cualquier irregularidad en esta materia podrá aplicar las sanciones que fueran del caso, realizar las denuncias que estime pertinentes ante los organismos competentes e incluso rescindir esta licitación, volviendo a adjudicar las líneas.
8.4 El oferente deberá presentar junto con su oferta el siguiente detalle:
1) Cantidad de ómnibus que dispone para destinar a los servicios que oferta (mínimo 2 vehículos).
2) Personal disponible.
3) Plan de mantenimiento de los vehículos.
4) Inspección técnica municipal de cada uno de los vehículos destinados a la prestación del servicio.
5) Marca, Año, y Modelo de los ómnibuses.-
6) Constancia de Seguro de Accidentes contra terceros y pasajeros por las unidades ofrecidas, que deberá mantenerse vigente durante toda la concesión.-

9.- VALOR DE LA INFORMACIÓN TÉCNICA PRESENTADA

Todos los datos indicados por el proponente referidos a los elementos contenidos en la oferta, tendrán carácter de compromiso. Si se verifica que no responden estrictamente a lo establecido en la propuesta, la Administración podrá rechazarlos de plano, rescindiendo el contrato respectivo sin que ello dé lugar a reclamación de clase alguna.

10.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS

Las propuestas serán válidas y obligarán al oferente por el término de 60 días, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas, a menos que, antes de expirar dicho plazo la Administración ya se hubiera expedido respecto a ellas.
El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente, salvo que medie notificación escrita a la Administración manifestando su decisión de retirar la oferta y falta de pronunciamiento de esta última en el término de diez días hábiles perentorios.
No se podrán establecer cláusulas que condicionen el mantenimiento de la oferta en forma alguna o que indiquen otros plazos; caso contrario la Administración, a su exclusivo juicio, podrá desestimar la oferta presentada.
De no recibirse aquélla en el lapso señalado, la oferta podrá ser desestimada.

11.- COMPARACIÓN DE LAS OFERTAS

11.1 Los criterios que utilizará la Administración a efectos de comparar las propuestas serán los siguientes, los que deberán indicarse en cada caso, y según corresponda:
1. Cumplimiento de los requisitos del presente pliego
2. Infraestructura propuesta.
3. Respaldo técnico, mecánico.
4. Antecedentes de la empresa, con la Administración y en plaza.
El presente orden no implica prelación de tipo alguno
11.2 La Administración se reserva el derecho de rechazar una propuesta:
a) por falta de información suficiente o, a solicitar información complementaria, a fin de emitir un juicio fundado.
b) en las situaciones de concusión, cohecho, soborno, fraude, abuso de funciones, tráfico de influencias, tratar de influir en los funcionarios intervinientes en el proceso de licitación para obtener una decisión favorable, sin perjuicio de las denuncias penales correspondientes..
11.3 La información para la evaluación de las propuesta será obtenida de las ofertas, pudiéndose en caso de dudas, solicitarse datos complementarios, quedando su costo a cargo del oferente.

12.- ADJUDICACIÓN

La Administración se reserva el derecho de adjudicar la licitación a la o las propuestas que considere más convenientes para sus intereses y a las necesidades del servicio, y también de rechazar a su exclusivo juicio, la totalidad de las ofertas.
La Administración está facultada para:
1. adjudicar la licitación a un único oferente;
2. no adjudicar algún servicio;
3. dividir la adjudicación, por razones fundadas, entre varios proponentes;
4. considerar como aspecto preponderante para rechazar una oferta, los antecedentes de los oferentes relacionados con la conducta comercial asumida en el cumplimiento de contrataciones con la misma y, con otros organismos estatales.
La notificación de la resolución de adjudicación a la firma adjudicataria, constituirá a todos los efectos legales el contrato correspondiente a que refieren las disposiciones de este Pliego, siendo las obligaciones y derechos del contratista las que surgen de las normas jurídicas aplicables, los Pliegos, y su oferta.

13.- PLAZO Y CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO

El plazo de la presente concesión será hasta el final de la presente Administración sin perjuicio de lo dispuesto por el Art. 229 de la Ordenanza General de Tránsito
El inicio del servicio se verificará dentro de las 24 horas de emitida la orden por parte de la Dir. Gral de Tránsito y Transporte. en los horarios, lugar y condiciones indicados en este Pliego.

14.- CONFORMIDAD CON EL SERVICIO

Los servicios prestados serán controlados por la Dirección General de Tránsito y Transporte o quien haga sus veces, pudiendo realizar observaciones al mismo si a su juicio entiende que no se ajusta a lo pactado. Las observaciones se realizarán a través de Ordenes de Servicio, que serán notificadas al concesionario
En el caso que algún aspecto del servicio no se adecue a lo establecido en el presente Pliego, el contratista, a su costo y dentro del plazo de 24 horas, deberá corregirlo, no dándose trámite a la conformidad hasta que no haya cumplido con la exigencia que corresponda, sin perjuicio de la aplicación de las multas pertinentes.
Si vencido dicho plazo, el contratista no hubiese dado cumplimiento a lo solicitado, ni justificado a satisfacción de la Administración la demora originada, perderá la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

15- CESION DE CREDITOS.

Cuando se configure una cesión de crédito, según los artículos 1737 y siguientes del Código Civil: a) la Administración se reservará el derecho de oponer al cesionario todas las excepciones que se hubieran podido oponer al cedente, aún las meramente personales, b) la existencia y cobro de los créditos dependerá y se podrá hacer efectiva, en la forma y en la medida que sean exigibles según el Pliego y, por el cumplimiento del servicio.

16- MULTAS

Para el caso de que el servicio no se preste en forma adecuada o se preste en forma deficiente se establece una multa en la suma equivalente a 3 (tres) unidades reajustables diarias y acumulables por cada frecuencia.
El contratista será responsable de todos los gastos que, como consecuencia directa del atraso, incumplimiento deba cubrir la Administración en el cumplimiento de los servicios concedidos.

17 .- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO

17.1 La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por los oferentes adjudicatarios o contratistas, derivados de su oferta, adjudicación o contrato, podrá dar mérito a que la Administración proponga o disponga según el caso, la aplicación de sanciones, no siendo las mismas excluyentes y pudiendo darse en forma conjunta (dos o más de ellas):
- apercibimiento
- multa
- suspensión del Registro de Proveedores de la Intendencia Municipal de Rivera
- eliminación del Registro de Proveedores de la Intendencia Municipal de Rivera
- ejecución de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
- demanda por daños y perjuicios
- publicaciones en prensa indicando el incumplimiento.
17.2 Será preceptiva la comunicación de la aplicación de sancionas, multas y rescisión contractual al Ministerio de Economía y Finanzas: Dirección General de Comercio, Dirección del Area de Defensa del Consumidor y al Registro de Proveedores del Estado y a la empresa aseguradora, dentro del plazo de 5 días de verificada.

18.- CAUSALES DE RESCISIÓN

La Administración podrá declarar rescindido el contrato, en los siguientes casos, que se enumeran a título enunciativo:
1.- Declaración de quiebra, concurso, liquidación o solicitud de concordato.
2.- Incumplimiento del servicio en un plazo máximo total de 3 días corridos.
días en el incumplimiento de las condiciones estipuladas en el presente pliego.
3.- Mutuo acuerdo.
Las causales enunciadas del 1 al 3 de este artículo, podrán dar lugar al cobro de la garantía de cumplimiento de contrato.

19- En caso de considerarse conveniente para los intereses de la Intendencia se utilizarán los institutos previstos en los artículos 57 y 63 del TOCAF.

20. CLAUSULA DE RESCATE

La Intendencia de Rivera se reserva el derecho de rescatar la concesionaria antes de su vencimiento en forma total o parcial.
Se entiende por rescate, la declaración unilateral de la Administración adoptada por razones fundadas de interés público por la cual da por finalizada la concesión.

ANEXO I


A) La categoría del servicio será la “C” (recorren zonas urbana y sub urbanas).-

B) El recorrido será el siguiente: Sale: Ruta 27 (frente a Ricorfrey), Guido Machado, Torres de Medeiros, Luis Seguí, M. Acuña, Guido Machado, José Escobar, Serralta, Agron. F. Lupi, J. Vidal, Tomás Gomensoro, Luis M. Techera (Liceo 4).-

Regresa: Luis M. Techera, F. Alvarez, J. Vidal, Agron. F. Lupi, Serralta, J. Escobar, Guido Machado, T. De Medeiros, L. Seguí, M. Acuña, Guido Machado, Ruta 27 (frente a Ricorfrey).-
Las frecuencias serán cada una hora, con salida hora justa (ej. 12:00 hs.) desde Ruta 27 y 00:30 minutos (ej. 12:30 hs.) desde el Liceo N° 4.-