viernes, 16 de octubre de 2009

TOPADORA COMPACTADORA DE RESIDUOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 07/09.
Suministro de una máquina topadora compactadora de residuos sólidos urbanos para operar en relleno sanitario

PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES

OBJETO
Art.1) La Intendencia Departamental de Rivera, en adelante “La Intendencia o el Municipio“, llama a Licitación para la compra al amparo del Art. 463 de la ley 16226 del 29.10.991 concordantes y modificativas; de:
Una máquina, topadora y compactadora de residuos sólidos domiciliarios para operar en relleno sanitario (en adelante el equipo).

Art.2) - (Reglamentación vigente).
Esta contratación se enmarca, en lo aplicable, en lo dispuesto por las siguientes normas:
a) T.O.C.A.F., aprobado por el decreto 194/997 de 10 de junio de 1997.
b) Art. 8° de la Ley 16.134 de 24 de setiembre de 1990.
c) Decreto 288/993 de 22 de junio de 1993 (consideración de productos nacionales). d) Decreto 53/993 de 28 de enero de 1993 (Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los contratos de suministros y servicios no personales).
e) Artículo 42 de la ley 16.736 de 5 de enero de 1996 y su decreto reglamentario 395/998 de 30 de diciembre de 1998. (Sistema Integrado de Información Financiera).
f) Ley 17.250 de 11 de agosto de 2000 y su decreto reglamentario N° 244/2000 de 23 de agosto de 2000. (Relaciones de consumo).
g) Código de Procedimiento Administrativo Municipal h) Artículo 581, ley 17.296 de 21 de febrero 2001 y decreto 333/2001 de 21 de agosto de 2001. i) Ley 17.060 de 23 de diciembre de 1998 (Uso indebido del poder público, corrupción). j) Leyes, decretos y resoluciones vigentes a la fecha de apertura de la licitación. k) Normas departamentales que refieran a la materia.
l) Leyes 18046, 18098 y 18099.

DISPOSICIONES GENERALES

Art.3) La entrega del equipo deberá cumplir en un plazo no mayor de 60 días contados a partir del día siguiente a la resolución del Ministerio de Economía y Finanzas que establezca la exoneración tributaria establecida por el art 463 de la ley 16226, concordantes y modificativas.
La entrega del equipo se realizará por cuenta y cargo del oferente en la Intendencia de Rivera o donde ésta lo indique.

Art.4) La venta de pliegos de condiciones - de adquisición obligatoria para todos los oferentes - se realizará hasta 1 (un) día hábil antes de la apertura, en División Adquisiciones, planta baja del Edificio Comunal de Rivera, (Agraciada 570), o en la Secretaría del Congreso Nacional de Intendentes, (2º piso del Palacio Municipal de Montevideo).
En el caso de presentación de un Consorcio oferente, será suficiente que alguno de sus integrantes haya adquirido el pliego.

Art.5) Los interesados que tuvieran dudas sobre la interpretación de los documentos de la licitación podrán solicitar a la IDR las aclaraciones del caso. Las consultas deberán ser presentadas por escrito y serán recibidas hasta 8 (ocho) días antes de la fecha fijada para la apertura de las propuestas. La IDR deberá contestar las consultas durante un término de hasta 5 (cinco) días antes de la fecha de apertura de las propuestas, mediante circulares que pondrá a disposición de todos los que hubieran adquirido los pliegos de la licitación. Dentro del mismo plazo la IDR emitirá circulares con las aclaraciones e informaciones ampliatorias que estime del caso realizar, las que pondrá en conocimiento de todos los adquirentes de los pliegos y las cuales formarán parte de este pliego a todos los efectos.

Art.6) La administración se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como de anular el proceso de Licitación y rechazar cualquier oferta o todas las ofertas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los oferentes afectados por la respectiva decisión.

Art.7) El solo hecho de presentar una oferta implica el pleno conocimiento y aceptación de todas las condiciones y especificaciones establecidas en los documentos que rigen la presente Licitación.

Art.8) Los oferentes podrán ser personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que teniendo el ejercicio de la capacidad jurídica que señala el derecho común, no estén comprendidas en alguna disposición del artículo anterior.

Art.9) El proponente indicará por escrito firmado la garantía que ofrecen los productos ofertados. La misma será respetada íntegramente por el adjudicatario pudiendo la Comuna ejecutar el cobro de la garantía del fiel cumplimiento del contrato en caso contrario.

Art.10) La oferta firmada se presentará en papel membretado en original y dos copias, indicando por separado precio unitario de la máquina o equipo. Se deberán cotizar los insumos para el uso de la máquina o equipo detallando una lista especificando en qué consisten, para ser usados por el período de 2 años, realizando un trabajo de 12 horas diarias, durante ese período. Cabe aclarar que los insumos son para la máquina o equipo para su uso adecuado en el período de 2 años y en esas condiciones de trabajo.
La cotización será en dólares estadounidenses no deberá incluir IVA, IMESI, aranceles ni recargos.
Los trámites de importación definitiva (y de admisión temporaria si correspondiere) y todos los gastos correspondientes a dichos trámites, así como los gastos necesarios hasta poner las unidades a disposición de la Intendencia en la ciudad de Rivera, serán de cargo del oferente. En consecuencia el precio final de los equipos, corresponderá al costo final para la Intendencia al amparo de las exoneraciones consignadas, incluyendo estos gastos la apertura y tramitación de cartas de crédito.

Art.11) Se deberá establecer en las propuestas: a) Precio cotizado, b) Mantenimiento de oferta no inferior a 120 días, c) Forma de pago, incluyendo contado y bonificaciones si existieran.
En caso de que no se cumpla con los plazos de entrega de los productos y los materiales o suministros fijados en la oferta o los establecidos en este artículo, la Intendencia previa notificación, cobrará una multa diaria de 10 UR hasta tanto se efectivice el cumplimiento.

I) La Intendencia rechazará todos aquellos suministros que no se ajusten a las condiciones establecidas en el presente pliego, siendo de cuenta del Proveedor todos los gastos que se originen como consecuencia del rechazo. Dichos materiales deberán ser repuestos en un plazo máximo de 48 horas de notificada la devolución del material rechazado.
La Intendencia Departamental de Rivera entiende por entrega inmediata un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles.

II) Las propuestas deberán venir acompañadas de la siguiente documentación:
a) Identificación del oferente
b) comprobación de pago del pliego.
c) justificación suficiente (certificación notarial) de la representación invocada cuando corresponda.
d) certificados vigentes de BPS, BSE y DGI
e) certificado Registral de Actos Personales con fecha anterior a la apertura sin inscripciones que afecten la situación del oferente y que además cumplan con lo dispuesto por el art. 6 De la ley 17.957. En caso de presentación del boleto de inicio de trámite deberá presentarse el certificado dentro de las 72 hs. de la apertura de ofertas.

Art.12) Las propuestas se deberán hacer llegar a la Oficina de Licitaciones de la Intendencia Departamental de Rivera en sobre cerrado en el que se indicará la frase: INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE RIVERA.- “LICITACIÓN PÚBLICA Nº 07/09”. Suministro de una máquina topadora compactadora de residuos sólidos urbanos para operar en relleno sanitario.

Art.13) La Intendencia podrá disponer la adjudicación a la oferta u ofertas más convenientes para sus intereses y a las necesidades del servicio, aunque no sea la de menor precio, siempre en el marco de la normativa vigente. También podrá rechazar las ofertas por motivo de conveniencia sin que se origine derecho de indemnización alguna para los proponentes, así como también realizar adjudicaciones parciales o totales.

Art.14) Para la comparación de las ofertas se tomarán en cuenta los siguientes factores, cotizaciones en forma independiente, del equipo e insumos, calidad de los materiales ofrecidos, menor precio global, garantías, antecedentes de uso, plazos de entrega y mejores condiciones de pago; todo a exclusivo criterio de la Comuna. El presente orden no implica prelación. Se priorizarán productos con origen del MERCOSUR, o teniendo otra procedencia con uso corriente en el país o marca reconocida operando en el país o países limítrofes o de la región (lo que se deberá fundamentar).

Art.15) En todo lo que no esté previsto en el presente Pliego, será aplicable lo dispuesto por el TOCAF, Decreto 53/93 y las leyes, decretos nacionales y municipales vigentes a la fecha de apertura de la licitación.

Art.16) Si correspondiera, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación, el adjudicatario deberá efectivizar la constitución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato por un mínimo del cinco por ciento (5%) del monto de la contratación en los términos previstos por el Art. 55 del TOCAF. La garantía deberá ser depositada en Tesorería de la Intendencia Departamental de Rivera y constituida en la moneda de la oferta. Se admitirán depósitos en efectivo o póliza de seguro de instituciones que operen en plaza.

GENERALIDADES

Art.17) A los efectos de ésta Licitación, el llamado se refiere al suministro de una máquina topadora compactadora de residuos sólidos urbanos para operar en relleno sanitario, e insumos consumibles para el uso en el período de 2 (dos) años.
El oferente deberá presentar de acuerdo a cada modelo, lista de insumos para el equipo, especificando en qué consisten, necesarios para su funcionamiento por un período de 2 años, en un cálculo basado en 2 turnos de 6 horas de trabajo cada uno, en todo el período; quedando a criterio de la IDR la elección y adjudicación más conveniente sin generar derecho de indemnización alguna para los proponentes, la que será opcional ya sea total o parcialmente.

Art.18) En cada caso se ponderará la aplicabilidad y conveniencia de las prestaciones y condiciones de operación de los modelos, a criterio de las oficinas municipales y en referencia a las necesidades proyectadas del servicio en el relleno sanitario de Paso del Enano de la ciudad de Rivera.

Art.19) Los equipos deberán ser nuevos cero horas de uso, no aceptándose propuestas de unidades recicladas o prototipos, debiendo los mismos o la marca, estar prestando servicios por no menos de 3 años continuos hasta la fecha, todo lo cual deberá acreditarse fehacientemente. Los oferentes deberán adjuntar a las propuestas, documentación de referencias que permita formar criterio sobre la seriedad de sus ofertas, por ejemplo: tipo y cantidad de unidades vendidas, adquirente, etc. En caso de que no se haya vendido ninguna unidad será igualmente obligatorio manifestar este hecho.


Art.20) Se deberá indicar marca, modelo, procedencia y rendimientos, indicándose además referencias de uso del modelo ofertado, de preferencia en la región y países limítrofes o en territorio nacional.

Art.21) La entrega de los equipos y/o todas las partes de insumos o recambio si correspondiere se deberá cumplir en forma plena en un plazo no mayor a 60 días como se establece en el Art. 3, conjuntamente con la entrega del equipo topador compactador de residuos sólidos urbanos.

ESPECIFICACIONES

Art.22) El equipo ofertado

22.1 Deberá operar en todo tipo de terreno, suministrar excelente tracción y estabilidad en laderas, ofreciendo excelente compactación, esparcimiento y explanación de la basura en relleno sanitario.

22.2 Indicar las dimensiones, peso del equipo (se valorará positivamente si éste está comprendido entre 15.000 y 25.000 kgs) y registro fotográfico del mismo.
Art.23) Protección contra basura y sistema de enfriamiento para el equipo.
23.1 Protección contra basura y sistema de enfriamiento: el equipo deberá estar diseñado para mantener la máquina trabajando en rellenos sanitarios con buen sistema de enfriamiento.
23.2 Capó con capacidad de evitar la acumulación de basura, se valorará positivamente
23.3 Capacidad de impedir basura en el área y compartimento del radiador, entre ellas rejilla.
23.4 Tener la opción de aire acondicionado (opcional).
23.5 Sistema práctico de inspección y limpieza de líquidos hidráulicos.
23.6 Se valorará positivamente todo tipo de ventilador de manera de proporcionar mayor capacidad de enfriamiento del motor y evitar la acumulación de basura.
23.7 Se valorará positivamente tener protección del tren de fuerza y del motor impidiendo la acumulación de basura y protegiendo los componentes contra escombros de demolición, basura, alambre, varillas de refuerzo u otros componentes peligrosos.
23.8 Barras limpiadoras delante o detrás de las ruedas tanto delanteras como traseras.
Art.24) Ruedas y puntas
24.1 Las puntas deberán estar soldadas a las ruedas de acero, cualquiera sea su selección, formará parte del sistema total que se ofrece con el compactador, adaptándose a sus necesidades para compactar basura en rellenos sanitarios.
24.2 Las puntas deberán proporcionar tracción y estabilidad en laderas.
24.3 Indicar número de ruedas diseñadas para compactar basura, tipo, diámetro (externo e interno), ancho de las ruedas frontales y traseras, diseño de puntas de ruedas, número y tipo de elementos de compactación en ruedas delanteras y traseras, forma de fijación de los dientes, altura del diente y área de contacto de la punta del diente. Determinar ancho de compactación en 2 pasadas del equipo.
24.4 Limpiadores de las ruedas: Cada rueda deberá tener un limpiador delantero y uno trasero para prevenir la acumulación de desperdicios en las mismas y asegurar una máxima penetración de los dientes.
Art.25) Hoja topadora (empujadora - repartidora) para rellenos sanitarios

25.1 El equipo deberá disponer de opciones de hojas para explanar y esparcir la basura.
25.2 Se deberá detallar tipo de hoja, dimensiones, los grados de inclinación y de giro de las mismas.
25.3 Describir control de la hoja.
Art.26) Motor y Tren de fuerza
Se deberá especificar:
26.1. Marca:
26.2. Modelo:
26.3. Potencia:
26.4. Cilindrada y Nº de cilindros:
26.5. Consumo específico de combustible:
Consumo teórico máximo:
Consumo en trabajo promedio
26.6. Capacidad de aceite del motor:
26.7. Especificación del aceite:
26.8. Capacidad de enfriamiento:
26.9. Capacidad del tanque de combustible:
26.10. La presión de aceite del motor:
Art. 27) Frenos y ejes
27.1 Se deberá describir el sistema de ambos, valorándose positivamente que el sistema de ejes asegure el contacto de las cuatro ruedas con el suelo para mejorar la tracción y la estabilidad.
Art. 28) Puesto del operador
28.1 Comodidad, control y seguridad para el operador: se deberá describir la calidad del mismo.
28.2 Cabina: Tipo, Dimensiones, Espejo retrovisor y espejos exteriores, Volante ajustable en altura, Parabrisas delanteros y traseros con limpiaparabrisas y lavaparabrisas

Art. 29) Respaldo al cliente
29.1 Se deberá especificar capacitaciones, servicie, mantenimiento y asesoramiento a funcionarios de la IDR en donde ésta determine, en la ciudad de Rivera.
Art. 30) Sistema de dirección

30.1 Deberá ser hidráulica.
Art. 31) Sistema hidráulico de transmisión
31.1 Indicar: Caudales y presiones máximos de trabajo; caudal y potencia de bombas hidráulicas y tipo de palancas de comando.
Art. 32) Tanque de combustible
32.1 Describir capacidad y autonomía promedio.
Operativa y Mantenimiento
Art.33) La operación y movimientos del equipo deberán ser hidráulicos, no excluyente, sino que se valorará positivamente.

Art.34) A los efectos de una operativa segura, el equipo deberá contar con los elementos necesarios para cumplir con las reglamentaciones de tránsito vigente (sistema de luces para iluminación y señalización con protección contra golpes en caso de exposición notoria a implementos externos, bocina y sistemas sonoros de retro marcha, descarga o desplazamiento en zonas de riesgo, limpiaparabrisas y todo otro implemento que demande el Reglamento Nacional de Circulación Vial y/u otras normas vigentes en la materia). Todas las señalizaciones visuales, carteles de alerta o atención, indicación de operaciones y demás textos o signos o símbolos deberán estar adheridos firmemente a la estructura o pintados, ser de tamaño visible fácilmente a simple vista, estar escritos en idioma español y en el caso de signos o símbolos ajustarse a las plantillas de uso aceptado a nivel Internacional por las Organizaciones de Tránsito y/o equipamientos y ser de fácil y rápida interpretación.

Art.35) El equipo deberá ser de marca y modelo con repuestos y servicie existente en plaza, condición excluyente al presentar la oferta.

Art.36) Se indicarán los consumos/hora de combustible y demás fluidos en la unidad. Adicionalmente se deberá informar la duración en horas de desgaste de insumos consumibles.

Art.37) Deberán adjuntarse los manuales de operación y mantenimiento de la unidad y sus componentes en idioma español (mínimo dos juegos completos), además de registro fotográfico de las unidades ofertadas.

Art.38) Se deberá aclarar de antemano cuales son los accesorios, herramientas, auxiliares, repuestos y demás aditamentos con que las unidades cuentan al ser comercializadas, los que de aceptarse la propuesta serán considerados parte de la oferta y por lo tanto deberán ser entregados con el equipo.

Art.39) Adicionalmente, las unidades deberán acompañarse con las herramientas especiales que se requieran para su mantenimiento.

Art.40) Sin desmedro que se deberá cotizar equipo o máquina topadora compactadora de residuos asimilables a urbanos en el relleno sanitario de Paso del Enano, y los insumos previstos por el período de 2 años, pudiendo la IDR realizar la adjudicación total o parcial de la oferta; se deberá adjuntar a modo de ejemplo una lista de precios de los insumos y repuestos que la operativa requiera a los efectos de poseer una comparativa de precios a futuro.
Se deja constancia que lo que se solicita por el período de 2 años, son los insumos necesarios para el funcionamiento correcto y eficiente del equipo, no incluyendo en dicha exigencia los repuestos que la unidad requiera por rotura o desperfecto no rutinario.

Art.41) Adicionalmente se deberá informar la duración en horas de desgaste de las unidades.

CAPACITACIÓN DEL PERSONAL Y GARANTÍAS

Art.42) El oferente deberá especificar con claridad el período, alcance y cobertura de las garantías que ofrezca sobre el equipo y cualquiera de sus partes y/o sistemas, sin perjuicio de lo estipulado en el artículo 44 de este pliego, plazo que se estimará como cifra mínima.

Art.43) a) Se deberá incluir cursos de capacitación a los mecánicos
municipales, los operadores de los mismos, a los encargados de
mantenimiento operativo y todo otro funcionario del área que el
Municipio considere capacitar.
b) Los mismos se deberán impartir en la Ciudad de Rivera
c) Se deberán especificar los programas de los cursos a impartir y la carga horaria de los mismos.
d) Los cursos se deberán impartir en los días y horarios que el Municipio dictamine.

Art.44) Se entregará garantía del equipo, con una duración mínima de un año de uso efectivo, pudiendo los oferentes indicar un sistema de control de los servicies obligatorios para el equipo.

ASESORAMIENTO TÉCNICO

Art.45) El licitante se compromete a prestar todo asesoramiento técnico requerido, tanto para el uso del equipo como para sus mantenimientos y reparaciones. Asimismo deberá especificar claramente en su propuesta en qué consistirá dicho asesoramiento.

Art. 46) La intendencia se reserva la posibilidad de aplicar los mecanismos previstos en el TOCAF art 57. -

miércoles, 14 de octubre de 2009

SUMINISTRO DE PAPELERAS

EN EL MARCO DEL PROYECTO DE GESTIÓN INTEGRAL DE HIGIENE URBANA LA
INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE RIVERA
REALIZA EL LLAMADO A LICITACIÓN ABREVIADA Nº 55/09 PARA LA ADQUISICIÓN DE PAPELERAS PARA LA CIUDAD DE RIVERA

PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES

OBJETO

Artículo 1º. – La Intendencia Departamental de Rivera, en adelante la IDR, llama a Licitación Abreviada para la adquisición de los siguientes materiales:

1. Suministro de 300 (trescientos) depósitos para residuos del tipo “papeleras”.
2. Suministro de un número extra equivalente a un mínimo de un 20% (veinte por ciento) de partes móviles del total de 300 “papeleras” (p.ej. tapas y/o partes móviles superiores, inferiores o laterales, partes fijas o de fijación y/o sujeción y soporte, u otras), si el modelo ofertado presenta una o más de dichas componentes o características estructurales.

Artículo 2º - (Reglamentación vigente).
Esta contratación se enmarca, en lo aplicable, en lo dispuesto por las siguientes normas:
a) T.O.C.A.F., aprobado por el decreto 194/997 de 10 de junio de 1997.
b) Art. 8° de la Ley 16.134 de 24 de setiembre de 1990.
c) Decreto 288/993 de 22 de junio de 1993 (consideración de productos nacionales). d) Decreto 53/993 de 28 de enero de 1993 (Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los contratos de suministros y servicios no personales).
e) Artículo 42 de la ley 16.736 de 5 de enero de 1996 y su decreto reglamentario 395/998 de 30 de diciembre de 1998. (Sistema Integrado de Información Financiera).
f) Decreto 342/999 de 26 de octubre de 1999. (Registro General de Proveedores del Estado) modificado por el decreto 20/2002 de 16 de enero de 2002.
g) Ley 17.250 de 11 de agosto de 2000 y su decreto reglamentario N° 244/2000 de 23 de agosto de 2000. (Relaciones de consumo).
h) Codigo de Procedimiento Administrativo Municipal.i) Ley 16.879 de 21 de octubre de 1997 (Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías).
j) Artículo 581, ley 17.296 de 21 de febrero 2001 y decreto 333/2001 de 21 de agosto de 2001. k) Ley 17.060 de 23 de diciembre de 1998 (Uso indebido del poder público, corrupción). 1) Leyes, decretos y resoluciones vigentes a la fecha de apertura de la licitación. m) Normas departamentales que refieran a la materia.
n) Leyes 18046, 18098 y 18099.



DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 2º

La entrega de las “papeleras” deberá cumplirse en forma plena en un plazo no mayor a los 45 días posteriores a la adjudicación.

Artículo 3º.

La venta de pliegos de condiciones - de adquisición obligatoria para todos los oferentes - se realizará hasta 2 (dos) días hábiles antes de la apertura, en la División adquisiciones, planta baja del Edificio Comunal de Rivera, (Agraciada 570), o en la Secretaría del Congreso Nacional de Intendentes, (2º piso del Palacio Municipal de Montevideo), a un costo de $ 500 (pesos uruguayos quinientos), debiendo los interesados al momento de comprar los mismos, abonar la tasa por concepto de servicios administrativos ($ 34).

En el caso de presentación de un Consorcio oferente, será suficiente que alguno de sus integrantes haya adquirido el pliego.

Artículo 4º

Los interesados que tuvieran dudas sobre la interpretación de los documentos de la licitación podrán solicitar a la IDR las aclaraciones del caso. Las consultas deberán ser presentadas por escrito y serán recibidas hasta 8 (ocho) días antes de la fecha fijada para la apertura de las propuestas. La IDR deberá contestar las consultas durante un término de hasta 5 (cinco) días antes de la fecha de apertura de las propuestas, mediante circulares que pondrá a disposición de todos los que hubieran adquirido los pliegos de la licitación. Dentro del mismo plazo la IDR emitirá circulares con las aclaraciones e informaciones ampliatorias que estime del caso realizar, las que pondrá en conocimiento de todos los adquirentes de los pliegos y las cuales formarán parte de este pliego a todos los efectos.

Artículo 5º

La administración se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como de anular el proceso de Licitación y rechazar cualquier oferta o todas las ofertas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los oferentes afectados por la respectiva decisión.



Artículo 6º

El solo hecho de presentar una oferta implica el pleno conocimiento y aceptación de todas las condiciones y especificaciones establecidas en los documentos que rigen la presente Licitación.

PROPONENTES

Artículo 7º

No podrán ser oferentes:

A. Los funcionarios de la IDR, con la salvedad establecida en el inciso 1 del artículo 43º del T.O.C.A.F./1996.

B. Quienes hayan sido declarados en liquidación, quiebra, concordato o concurso civil y no se encuentren rehabilitados a la fecha de la apertura.

C. Por incumplimiento de contratos anteriores, que hayan generado responsabilidad civil, o cualquier otra circunstancia que haya motivado su exclusión del registro de proveedores, particular o general del Estado.

D. Quienes careciendo de habitualidad en el ramo a que corresponde el llamado, no puedan acreditar solvencia y responsabilidad.

Artículo 8º

Los oferentes podrán ser personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que teniendo el ejercicio de la capacidad jurídica que señala el derecho común, no estén comprendidas en alguna disposición del artículo anterior.
Las propuestas deberán venir acompañadas de la siguiente documentación:
a) Identificación del oferente
b) comprobación de pago del pliego cuando corresponda
c) justificación suficiente (certificación notarial) de la representación invocada cuando corresponda.
d) certificados vigentes de BPS, BSE y DGI
e) certificado Registral de Actos Personales con fecha anterior a la apertura sin inscripciones que afecten la situación del oferente y que además cumplan con lo dispuesto por el art. 6 De la ley 17,957. En caso de presentación del boleto de inicio de trámite deberá presentarse el certificado dentro de las 72 hs. De la apertura de ofertas.

Artículo 9º

El proponente indicará por escrito firmado la garantía que ofrecen los productos ofertados. La misma será respetada íntegramente por el adjudicatario pudiendo la Comuna ejecutar el cobro de la garantía del fiel cumplimiento del contrato en caso contrario.



Artículo 10º

La oferta se presentará en papel membretado en original y dos copias en papel así como la oferta completa en soporte electrónico en una vía; indicando por separado precios unitarios y totales. La cotización será en moneda nacional con impuestos incluidos, entendiéndose incluidos en caso de no especificarse.

Artículo 11º

Se deberá establecer en las propuestas: a) Precio cotizado, b) Mantenimiento de oferta no inferior a 40 días, c) Forma de pago, incluyendo contado y bonificaciones si existieran.
En caso de que no se cumpla con los plazos de entrega de los materiales o suministros fijados en la oferta o los establecidos en este artículo, la Intendencia previa notificación, cobrará una multa diaria de 2 UR hasta tanto se efectivice el cumplimiento.
La Intendencia rechazará todos aquellos suministros que no se ajusten a las condiciones establecidas en el presente pliego, siendo de cuenta del Proveedor todos los gastos que se originen como consecuencia del rechazo. Dichos materiales deberán ser repuestos en un plazo máximo de 48 horas de notificada la devolución del material rechazado.
La Intendencia Departamental de Rivera entiende por entrega inmediata un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles.

Artículo 12º

Las propuestas se deberán hacer llegar a la Oficina de Licitaciones de la Intendencia Departamental de Rivera en sobre cerrado en el que se indicará la frase: INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE RIVERA.- “LICITACIÓN ABREVIADA Nº 55/09”. ADQUISICIÓN DE PAPELERAS PARA LA CIUDAD DE RIVERA”.

Artículo 13º

La Intendencia podrá disponer la adjudicación a la oferta u ofertas más convenientes para sus intereses y a las necesidades del servicio, aunque no sea la de menor precio, siempre en el marco de la normativa vigente. También podrá rechazar las ofertas por motivo de conveniencia sin que se origine derecho de indemnización alguna para los proponentes.

Artículo 14º

Para la comparación de las ofertas se tomarán en cuenta los siguientes factores, menor precio global, calidad de los materiales ofrecidos, garantías, antecedentes de uso en el Departamento y en el país, condiciones de resistencia y vulnerabilidad al vandalismo, plazos de entrega y mejores condiciones de pago; todo a exclusivo criterio de la Comuna. El presente orden no implica prelación.

Artículo 15º

En todo lo que no esté previsto en el presente Pliego, será aplicable lo dispuesto por el TOCAF, Decreto 53/93 y las leyes, decretos nacionales y municipales vigentes a la fecha de apertura de la licitación.
Artículo 16º

Si correspondiera, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación, el adjudicatario deberá efectivizar la constitución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato por un mínimo del cinco por ciento (5%) del monto de la contratación en los términos previstos por el Art. 55 del TOCAF. La garantía deberá ser depositada en Tesorería de la Intendencia Departamental de Rivera y constituida en la moneda de la oferta. Se admitirán depósitos en efectivo o póliza de seguro del Banco de Seguros.

CARACTERÍSTICAS

Artículo 17º.

Las “papeleras”deberán presentar las siguientes características:

- Modelo, la totalidad de los depósitos suministrados deberán responder a un diseño y estructura únicos de modo tal de garantizar la uniformidad de dichos elementos en las diferentes localizaciones de la Ciudad.

- Sin perjuicio, para el caso de modelos que no sean autoportantes, se suministrarán 40 (cuarenta) del total de 300 (trescientos) en la modalidad de poseer soporte que permita su emplazamiento con movilidad a juicio y criterio de la IDR y según necesidades del servicio.

- El método y sistema de sujeción deberá aceptar su uso en columnas de hasta 35 (treinta y cinco) centímetros de diámetro.

- Capacidad comprendida entre 40 (cuarenta) y 100 (cien) litros.

- Drenaje suficiente para evitar la acumulación de líquidos.

- Color, el mismo o su combinación deberá ser uniforme en la totalidad de los depósitos suministrados y se priorizarán los colores de fácil visualización que faciliten la identificación y su localización.

- Su tamaño deberá contener espacio suficiente para la colocación de autoadhesivos .

- Preferiblemente, los depósitos estarán dotados de algún tipo de trabas o mecanismos de cierre, común a todas las unidades suministradas, y que se accionarán mediante una llave o similar, común a todas las papeleras, impidiendo de esta manera el retiro de los residuos depositados por parte de cualquier persona que no sea habilitada por la IDR. En caso contrario será imprescindible que la estructura y la interacción entre las partes si el modelo las presenta, aseguren al máximo la resistencia al vandalismo, destrucción, apertura no deseada y otras modalidades que atenten contra la buena gestión de la papelera en tanto herramienta de gestión integral de limpieza urbana.

- Los diseños cumplirán el requisito de impedir que los residuos queden al alcance o puedan ser retirados por cualquier persona que no tenga el instrumento apropiado para liberar la traba o cierre, o que en su defecto se le presenten dificultades suficientes para instrumentar tal acción libremente.

- Los depósitos no podrán ser calados, ni basculantes al soporte ni a la sujeción.

- La abertura de ingreso de los residuos deberá ser lateral en posición vertical.

- Las partes metálicas deberán tener tratamiento anticorrosivo.

- Las partes plásticas deberán ser resistentes a la acción de los rayos ultravioletas.

- En caso que el diseño de la papelera lo requiera, ésta deberá estar sujeta a un soporte único y el método de sujeción deberá ser de un tipo tal que evite su fácil remoción por parte de terceros. El soporte y el método de sujeción deberán presentar características de solidez y resistencia que minimicen el riesgo de traslado, destrucción y/o retiro por terceros.

martes, 13 de octubre de 2009

CONSTRUCCIÓN DE ALOJAMIENTO EN EL ESTADIO MUNICIPAL

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
PARA CONSTRUCCIÓN DE ALOJAMIENTOS DEBAJO DE LA TRIBUNA Guido Machado Brum, del estadio municipal


Licitación Abreviada N° 54/09


1.- OBJETO

1.La Intendencia Municipal de Rivera convoca a Licitación Abreviada para la construcción de alojamiento situado debajo de la tribuna Guido Machado Brum, del estadio municipal de Rivera.



2.- DEFINICIONES E INTERPRETACIONES

El término "Administración" , “Comuna”, “municipio” e “Intendencia” identifican a la Intendencia de Rivera

El término "oferente o proponente" designa a la persona, empresa o grupo de empresas que manifiesten su interés en consorciarse que presente o someta formalmente una oferta para realizar el servicio, actuando por sí o por medio de sus representantes debidamente autorizados. Si más de una persona física o jurídica pretenden presentar conjuntamente una oferta, lo deberán hacer consorciados. Las obligaciones o responsabilidades que se establezcan se entenderán establecidas en las condiciones previstas en los artículos 6 y 7.

El término “oferta” o “propuesta” es la declaración de voluntad recepticia, mediante la cual una persona física o jurídica o un consorcio, manifiesta querer asumir los derechos y obligaciones que se prevén en este Pliego, de conformidad con las normas aplicables.

El término "adjudicatario" se refiere al oferente cuya oferta haya sido adjudicada por acto administrativo firme dictado por la Administración. Cuando se establezcan o prevean obligaciones o responsabilidades del adjudicatario, siendo éste un consorcio, se entenderán referidas a todos y cada uno de los consorciados, en la forma y condiciones dispuestas en los artículos 6 y 7.

El “contratista” es la persona física o jurídica o grupo de empresas consorciadas que tenga a su cargo la ejecución del servicio, mediante contrato celebrado con la Intendencia Municipal de Rivera., ya sea que actúe por sí o por medio de sus representantes legales, en virtud de las condiciones especiales estipuladas en el presente Pliego.

El término "representante" se refiere a la persona designada por el contratista, con poderes suficientes para tratar y resolver todas las cuestiones relativas a la oferta y/o al contrato.

Los "servicios" comprenden el ejercicio de actividades no personales objeto del contrato, que serán llevados a cabo por el contratista de acuerdo a las especificaciones detalladas en el Pliego de Condiciones.

El término "Pliego de Condiciones" se refiere al:

a) Pliego de Condiciones de la Licitación, en adelante "Pliego Particular",

b) Pliego de Condiciones Generales del Organismo, en adelante "Pliego General", en el que constan las condiciones que rigen el objeto del contrato.

c) Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de suministros y servicios no personales en los Organismos Públicos, en adelante "Pliego Único"

d) Aclaraciones y modificaciones al Pliego de Condiciones que la Comuna estime del caso realizar con anterioridad al acto de apertura.

Las palabras o designaciones en singular deben extenderse igualmente al plural y viceversa, cuando la interpretación de los textos escritos lo requiera.

Toda cláusula imprecisa, ambigua, contradictoria u oscura a criterio de la Administración, se interpretará en el sentido más favorable a ésta.

3.- NORMATIVA APLICABLE

Esta contratación se enmarca, en lo aplicable, en lo dispuesto por las siguientes normas:
a) T.O.C.A.F., aprobado por el decreto 194/997 de 10 de junio de 1997.
b) Decreto 53/993 de 28 de enero de 1993 (Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los contratos de suministros y servicios no personales).
c) artículo 42 de la ley 16.736 de 5 de enero de 1996 y su decreto reglamentario 395/998 de 30 de diciembre de 1998. (Sistema Integrado de Información Financiera).
d) Decreto 342/999 de 26 de octubre de 1999. (Registro General de Proveedores del Estado) modificado por el decreto 20/2002 de 16 de enero de 2002.
e) Ley 17.250 de 11 de agosto de 2000 y su decreto reglamentario No.244/2000 de 23 de agosto de 2000. (Relaciones de consumo).
f) Código de Procedimiento Administrativo Municipal.
g) Artículo 581, ley 17.296 de 21 de febrero 2001 y decreto 333/2001 de 21 de agosto de 2001.
h) Ley 17.060 de 23 de diciembre de 1998 (Uso indebido del poder público, corrupción).
i) Leyes, decretos y resoluciones vigentes a la fecha de apertura de la licitación.
m) Normas departamentales que refieran a la materia.

4.- EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD

La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su realización, o podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas decisiones generará derecho alguno de los participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnizaciones por daños y perjuicios.

5.- PLAZOS, COMUNICACIONES, CONSULTAS, ACLARACIONES Y PRORROGAS

5.1 Comunicaciones. Todas las comunicaciones referidas al presente llamado deberán dirigirse a Unidad Licitaciones; Agraciada 570,Rivera, de 08:00 a 13:30 horas, Antel: (062) 31900 int. 200, Fax: (062) 25144.

Quienes remitan comunicaciones o documentos a dicha oficina en cualquiera de las etapas de la negociación deberán conservar el comprobante de acuse de recibo por parte de ésta, el que podrá ser requerido siempre que la Administración lo considere pertinente. De no presentarse el mismo se tendrá por no presentada.

Las comunicaciones podrán realizarse por los siguientes medios: personalmente, carta certificada con aviso de retorno, fax o correo electrónico.

Los oferentes deberán constituir domicilio en la ciudad de Rivera y denunciar el domicilio real de todos los integrantes del consorcio. Dichos domicilios se considerarán válidos mientras no se constituyan o denuncien nuevos en su reemplazo.

La comunicación del cambio de domicilio deberá cumplirse mediante escrito presentado en el expediente de licitación, con firma notarialmente certificada, y tendrá efecto a partir del día hábil inmediato siguiente.

5.2 Aclaraciones y consultas.

Cualquier adquirente de pliegos podrá solicitar a Unidad Licitaciones por cualesquiera de los medios mencionados en el artículo precedente, aclaraciones o consultas específicas mediante comunicación escrita dirigida hasta 5 días, antes de la fecha establecida para el acto de apertura de las ofertas. Vencido dicho término la Administración no estará obligada a proporcionar datos aclaratorios.

Las consultas serán contestadas en el plazo máximo de 48 horas a partir de su presentación.

La Administración comunicará la prórroga o aclaración solicitadas, así como cualquier información ampliatoria que ella estime necesario realizar, a su exclusivo criterio y, a través de alguno de los medios establecidos en comunicaciones, a todos los que hayan adquirido el Pliego de Condiciones.

5.3 Plazos. Los plazos establecidos en este Pliego se computan en días hábiles administrativos, excepto aquellos mayores de quince días, que se computarán en días corridos o calendario.

Se entenderá por días hábiles aquellos en que funcionan las oficinas de la Administración Pública. Son horas hábiles las correspondientes al horario fijado para el funcionamiento de dichas oficinas.

Las fechas señaladas para realizar actos o hechos, y las fechas de vencimiento de los plazos, que resultaren inhábiles, se prorrogarán automáticamente hasta el día hábil inmediato siguiente.

Los plazos se computan a partir del día siguiente al del acto o hecho que determina el decurso del plazo.

6.- GARANTÍAS

6.1 Todas las garantías se presentarán en Tesorería Municipal deberán ser emitidas con cláusulas que contemplen su vigencia hasta el cumplimiento total de las obligaciones contractuales que ampara.

6.2 La Administración se reserva el derecho de aceptar o rechazar, a su exclusivo juicio, los documentos que constituyan garantías.

6.3 Las garantías se constituirán a la orden de la Intendencia Municipal de Rivera, y podrán consistir en:
a) Depósito en efectivo en la Tesorería Municipal.-
b) Fianza, aval o garantía de un banco establecido en la República Oriental del Uruguay, o de un Banco extranjero aceptable por la Administración. En este último caso, deberá constituirse a través de un banco corresponsal de la institución elegida en el Uruguay, de conocida trayectoria en el país, para facilitar la eventual ejecución.
c) Póliza de Seguro del Banco de Seguros del Estado.-

No se admitirán garantías personales de especie alguna.

Se podrá integrar la garantía en más de una de las modalidades indicadas siempre que todas ellas sean constituidas a nombre de la Intendencia Municipal de Rivera y que cubran la cantidad exigida en cada relación contractual.

En todos los casos la garantía respectiva se constituirá en la moneda de la oferta.

Para cualquiera de estas formas, las garantías estarán a disposición de la Administración y los contratos originados por éstas, deberán contener cláusulas que establezcan que no será necesario trámite alguno o discusión para hacer efectivo su cobro.

6.4 El documento justificativo de la constitución de garantías deberá contener necesariamente el objeto de la licitación y organismo que realizó el llamado.

6.5 La garantía deberá ser depositada por:
a)el "oferente" (ofertas de empresas nacionales o extranjeras por sí mismas)
b)"empresas consorciadas". Las empresas consorciadas legalmente, según lo establecido en la ley 16.060 del 4 de setiembre de 1989 o aquellas que manifiesten la intención de consorciarse (mediante acta notarial), pero no estén constituidas legalmente a la fecha de apertura de ofertas, deberán depositar mediante alguna de las siguientes opciones : a) por separado cada empresa integrante indicando su denominación y la del consorcio que se propone constituir, debiendo la suma de garantías cubrir el mínimo, o b) una sola garantía, donde se indique la denominación de las empresas integrantes y el nombre del consorcio constituido o a constituir.

6.6 A fin de asegurar la ejecución de las garantías, la Administración comunicará cada incumplimiento del oferente, adjudicatario o contratista al asegurador, a través de comunicaciones y/o resoluciones que aplican sanciones o rescinden el contrato, según las condiciones establecidas en las pólizas de seguros y, en los artículos 634 a 692 del Código de Comercio.

6.7 Cuando la Administración deba proceder al cobro de las garantías, el importe será el que resulte del valor de las mismas en el tipo de unidad en que se hubiere constituido

6.8 La devolución de las garantías se realizará de oficio o se solicitará mediante nota dirigida a Intendencia Municipal de Rivera, en los casos que corresponda según este Pliego.

Al disponerse la devolución de las garantías, se deducirán previamente las cantidades a que haya lugar, ya sea por daños y perjuicios o multas, de acuerdo con las responsabilidades en que pudiera haber incurrido el oferente, adjudicatario o contratista, según el caso.

Las resoluciones que dispongan la rescisión de los contratos o el cobro de multas a deducirse de las garantías, serán notificadas a la empresa aseguradora o institución que corresponda y, dispondrán la intimación de pago y/o cumplimiento del contrato a la empresa contratista.

6.9 Garantía de mantenimiento de ofertas. No se aplica a esta licitación


6.10 Garantía de cumplimiento de contrato. (si correspondiera)

Si correspondiere, dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la adjudicación o su ampliación, el adjudicatario deberá justificar la constitución de la garantía de cumplimiento de contrato por un mínimo del 5% de la contratación, en los términos y condiciones previstos por el art. 55 del TOCAF.-

Si el adjudicatario no efectuara el depósito de garantía de fiel cumplimiento de contrato dentro del plazo y condiciones establecidos, la Administración podrá aplicar una multa de 1% sobre el importe adjudicado, por cada día calendario de atraso en cumplir con este requisito.

Transcurrido el nuevo plazo otorgado, a falta de constitución de esta garantía en tiempo y forma, hará caducar los derechos del adjudicatario, pudiendo la Administración , iniciar las acciones que pudieran corresponder contra el adjudicatario, por los daños y perjuicios que cause su incumplimiento, tomar como antecedente negativo en futuras licitaciones este hecho y, reconsiderar el estudio de la licitación con exclusión del oferente adjudicado en primera instancia.

Esta garantía podrá ser ejecutada en caso de que el adjudicatario no dé cumplimiento a las obligaciones contractuales y se devolverá luego de producida la finalización de los servicios, con la previa conformidad de los mismos por parte de la Administración.

7.- PROPUESTA

7.1 Las ofertas deberán presentarse por escrito, en original y copia. Cuando estén integradas con folletos ilustrativos y normas técnicas, éstos deberán presentarse por duplicado.

7.2 Las ofertas podrán ser presentadas por:
a) el "oferente" (ofertas de empresas nacionales por sí mismas o extranjeras por sí mismas).
b) consorcios y empresas que manifiesten la intención de consorciarse: En aquellas situaciones en que se presente un grupo de empresas, con intención de consorciarse al amparo de los artículos 501 a 509 de la ley 16.060 de 4 de setiembre de 1989, se deberá:
b1) suscribir un acta que exprese la intención de consorciarse (o contrato de consorcio en su caso), con certificación notarial de firmas, detalle de los servicios que tomará a su cargo cada integrante del consorcio, así como las proporciones con que participa cada uno.
b2) incluir toda la información requerida en este pliego para cada uno de los miembros integrantes del consorcio.
b3) designar a uno de los integrantes, como responsable autorizado para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en representación de todos y cada uno de los miembros del consorcio.
b4) dejar constancia en el Acta de Intención y posteriormente en el Contrato de Consorcio, que cada una de las empresas y sus representantes serán solidariamente responsables para con la Administración de todas las obligaciones contraídas en el marco de la licitación.
b5) expresar la indivisibilidad de las obligaciones contraídas por cada empresa y sus representantes ante el organismo contratante y la no modificación del acta o contrato, sin la previa aprobación de la Administración.
b6) Dentro de los cinco días de notificada la resolución de adjudicación, el contratista deberá presentar el contrato de consorcio, con las condiciones aquí estipuladas y la obligación de su no modificación, sin el previo consentimiento de la Administración.
b7) Transcurrido el plazo citado, sin que el adjudicatario diera cumplimiento a lo establecido en este literal, caducarán sus derechos, pudiendo la Administración reconsiderar el estudio de la licitación con exclusión del oferente adjudicado en primera instancia.

7.3 Las propuestas deberán venir acompañadas de la siguiente documentación:

1) Comprobante de pago del pliego.
2) Justificación suficiente de la representación invocada cuando corresponda.
3) Certificado vigente de BPS , DGI y BSE por accidentes laborales y MTSS.
4) Nombre, dirección y teléfono del contacto con la Empresa.
5).Cronograma de obra, estableciendo plazo de finalización.

7.4 La oferta de servicios deberá informar Nombre y domicilio del oferente.
A) El oferente presentará: un precio único y global (que incluya materiales, mano de obra, impuestos, aportes y leyes sociales), por todos los trabajos de construcción y reparación que se detallan en el ANEXO I de este pliego.
B) Cotización en moneda nacional.-

C) Declaración firmada por el oferente que ha examinado el local donde se realizarán los trabajos y conoce las tareas objeto de este llamado.


8.- RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas serán recibidas en la fecha indicada en el llamado de esta licitación en la Oficina de Adquisiciones sito en Agraciada 570, Planta Baja del Edificio Comunal

La apertura de ofertas se realizará en la Oficina de Licitaciones.-

Abiertas las ofertas se pondrá a disposición de todos los oferentes una de las vías para que tomen conocimiento de los precios y demás condiciones de todas las presentadas. Los oferentes pueden formular observaciones a las propuestas presentadas en ese momento, las que quedarán registradas en el acta de apertura.

Vencido el plazo para la presentación de las ofertas, no se tomará en cuenta ninguna interpretación, aclaración o ampliación de ellas, salvo aquellas que fueran directa y expresamente solicitadas por escrito por los técnicos o funcionarios expresamente autorizados en el expediente licitatorio o por la Comisión Asesora de Adjudicaciones actuante. En tal caso, el oferente dispondrá del plazo que se establezca en la solicitud, para hacer llegar su respuesta.


9.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS

Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente por el término de 60 días, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas, a menos que, antes de expirar dicho plazo la Administración ya se hubiera expedido respecto a ellas.

El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente, salvo que medie notificación escrita a la Administración manifestando su decisión de retirar la oferta y falta de pronunciamiento de esta última en el término de diez días hábiles perentorios.

No se podrán establecer cláusulas que condicionen el mantenimiento de la oferta en forma alguna o que indiquen otros plazos; caso contrario la Administración, a su exclusivo juicio, podrá desestimar la oferta presentada.
De no recibirse aquélla en el lapso señalado, la oferta podrá ser desestimada.

10.- COMPARACIÓN DE LAS OFERTAS

10.1 Los criterios que utilizará la Administración a efectos de comparar las ofertas serán los siguientes, los que deberán indicarse en cada caso, y según corresponda:
1. Precio
2. Menor plazo de ejecución de la obra
3. Respaldo técnico
4. Antecedentes de la empresa, con la Administración y en plaza.
El presente orden no implica ningún grado de prelación

10.2 La Administración se reserva el derecho de rechazar una propuesta:
a) por falta de información suficiente o, a solicitar información complementaria, a fin de emitir un juicio fundado.
b) en las situaciones de concusión, cohecho, soborno, fraude, abuso de funciones, tráfico de influencias, tratar de influir en los funcionarios intervinientes en el proceso de licitación para obtener una decisión favorable, sin perjuicio de las denuncias penales correspondientes..

10.3 Las ofertas que coticen en moneda extranjera, serán rechazadas sin responsabilidad alguna para la Intendencia.

10.4 La información para la evaluación técnica será obtenida de las ofertas, pudiéndose en caso de dudas, solicitarse datos complementarios, quedando su costo a cargo del oferente.

11.- ADJUDICACIÓN

La Administración se reserva el derecho de adjudicar la licitación a la o las ofertas que considere más convenientes para sus intereses y a las necesidades del servicio, aunque no sea la de menor precio y también de rechazar a su exclusivo juicio, la totalidad de las ofertas.

La Administración está facultada para:
1. adjudicar la licitación al proponente que reúna las mejores condiciones de las citadas en el artículo precedente, salvo que por razones fundadas, la adjudicación debe efectuarse a un único oferente;
2. no adjudicar algún servicio;
3. dividir la adjudicación, por razones fundadas, entre varios proponentes;
4. considerar como aspecto preponderante para rechazar una oferta, los antecedentes de los oferentes relacionados con la conducta comercial asumida en el cumplimiento de contrataciones con la misma y, con otros organismos estatales.

La notificación de la resolución de adjudicación a la firma adjudicataria, constituirá a todos los efectos legales el contrato correspondiente a que refieren las disposiciones de este Pliego, siendo las obligaciones y derechos del contratista las que surgen de las normas jurídicas aplicables, los Pliegos, y su oferta.
En caso que, vencido el primer año de adjudicación la Intendencia resolviere no prorrogar el contrato, comunicará tal hecho por escrito a la empresa adjudicataria con una anticipación no menor a 45 días antes de la fecha de vencimiento del mismo.

12.- CESION DE CREDITOS.

Cuando se configure una cesión de crédito, según los artículos 1737 y siguientes del Código Civil: a) la Administración se reservará el derecho de oponer al cesionario todas las excepciones que se hubieran podido oponer al cedente, aún las meramente personales, b) la existencia y cobro de los créditos dependerá y se podrá hacer efectiva, en la forma y en la medida que sean exigibles según el Pliego y, por el cumplimiento del servicio.

13.- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO

La Intendencia Municipal de Rivera no pagará por servicios no prestados.
En caso de incumplimiento se cursará observación por escrito a la Empresa.
En caso de segunda observación por el motivo que fuera se aplicará una multa de 5 UR, aumentando 5 UR por cada nuevo incumplimiento, hasta el tope fijado por el Art. 9. 3. II en que se aplicarán los procedimientos allí descriptos.

14. La presente Licitación está sometida a la condición resolutoria de su aprobación por el Tribunal de Cuentas.

15.- CAUSALES DE RESCISIÓN

La Administración podrá declarar rescindido el contrato sin responsabilidad de ningún tipo, en los siguientes casos, que se enumeran a título enunciativo:
1.- Declaración de quiebra, concurso, liquidación o solicitud de concordato.
2.- Mutuo acuerdo.
3.- Todo otro que suponga incumplimiento del presente pliego de condiciones y ordenes de servicio impartidas.

16.- En caso de considerarse conveniente para los intereses de la Intendencia se utilizarán los institutos de mejora de ofertas y negociación ,establecidos en los términos y condiciones del Art. 57 del TOCA F y los procedimientos del Art. 63.


ANEXO I.

El presente llamado se realiza a los efectos de construir la obra bajo las siguientes
Sacar membrana de 3 juntas, y rellenar con arena y portland, la junta de dilatación que queda abierta se pintará con pintura APRI**** y banda SEAL***, de cm 0,20 para que quede a un espesor de 4 mm y colocar las tapas de nuevo.
2. Relleno con arena y portland fretachadas con caída a los desagües a 30 escalones, que empozan el agua.
3. Colocar 50 ladrillos de vidrio en la pared del corredor que da a la cancha de fútbol.
4. Instalación eléctrica.
5. Instalación de cinco calefones.
6. Instalación de griferías y diez inodoros.
7. Hacer desagües en el piso.
8. Tapar tres juntas de las columnas con madera.
9. Levantar un caño de luz y cubrirlo con madera.
10.Hacer una mampara de ladrillos para cubrir un caño de bajada de desagüe.-
11. Pintar las paredes internas con cal y fija cal (2 manos) . Aproximadamente 2.200 m2.
12. Pintar la loza y columna (2 manos). Aproximadamente 700 m2.
13. Pintar las puertas con esmalte sintético.
14. Fijar una pileta que está suelta.
15. Pintar pared externa . Aproximadamente 60 m2.
16. Hacer vereda de hormigón de 100 m2 con 7 a 8 cm de espesor y a 2 cm del nivel del piso con caída al piso 2%.
17. Colocación de tejidos y vidrio transparentes, en 15 ventanales existentes, con dimensiones 3,06 x 0,65.-
18. Cinco mamparas en aluminio y PVC con 3 divisiones y 2 puertas batientes de 2.0x1.6x1.20.

Los materiales deberán ser: 1. Pintura APRI y banda SEAL 20 cm, 2- Poliuretano expandido de alta densidad para cubrir el hierro de la loza . 3. Cal cream 4- sisterna plástica con bajada, 5- Portland, 6-Sifón 1 fácil, 7- Caja 10x10 y 15x15.8- Esmalte , 9-Inodoros color blanco, 10- pintura extravinil, 11-Canillas lavatorio, 12-tejido en alambre de 2 mm de espesor.
Todos los productos deberán de ser de buena calidad.-

miércoles, 7 de octubre de 2009

CHAPAS MATRÍCULAS

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

Licitación Abreviada Nº 52/09.
Art.1º) La INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE RIVERA llama a Licitación Abreviada para la adquisición de

Item 1: 50 Matrículas p/Motos Oficiales desde FRP 071
Item 2: 1.500 Matrículas p/Motos particulares desde FQR 474 hasta FQR 999, y desde FSR 001 en adelante.
Item 3: 50 Matrículas p/Autos Oficiales desde FOF 1125 en adelante.
Item 4: 500 Matrículas p/Autos Particulares desde FRB 1975 en adelante.
Item 5: 20 Matrículas escolares desde FES 1015 en adelante.

Cada Item podrá ser incrementado hasta en 150 Chapas más, ello sin perjuicio de la aplicación de los mecanismos previstos por el Art. 63 del TOCAF.

Art.2º) Los materiales ofrecidos deberán ser nuevos sin uso, debidamente testados por el adjudicatario previo su entrega.-
La Intendencia podrá exigir la entrega de todos los materiales en una sola partida u ordenar entregas parciales.-

Art.3º) El proponente indicará por escrito firmado la garantía que ofrecen los materiales, la que será respetada íntegramente por el adjudicatario, pudiendo la Comuna ejecutar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en caso contrario.

Art.4º) La oferta se presentará en papel membretado con copia indicando por separado precios unitarios y totales. La cotización será en Pesos debiendo incluir el IVA, entendiéndose que lo incluye si no lo aclarara.
La Administración podrá aplicar las disposiciones de los artículos 57 y 63 del TOCAF.-

Art. 5º) Los materiales serán entregados en la Intendencia Departamental de Rivera (Dirección General de Tránsito), por cuenta , cargo y riesgo del proveedor.

Art. 6º) Se deberá establecer en las propuestas: a) Precio cotizado, b)Mantenimiento de la oferta no inferior a 40 días, c) Formas de pago, incluyendo contado y bonificaciones si existieran.-

En caso de que no se cumpla con los plazos de entrega de los materiales o suministros fijados en la oferta o los establecidos en este artículo, la Intendencia previa notificación, cobrará una multa diaria de 2 UR hasta tanto se efectivice el cumplimiento.

La Intendencia rechazará todos aquellos suministros que no se ajusten a las condiciones establecidas en el presente pliego, siendo de cuenta del Proveedor todos los gastos que se originen como consecuencia del rechazo. Dichos materiales deberán ser repuestos en un plazo máximo de 48 horas de notificada la devolución del material rechazado.
La Intendencia Departamental de Rivera entiende por entrega inmediata un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles.-

Art.7º) Las propuestas se deberán hacer llegar a la Oficina de Licitaciones de la Intendencia Municipal de Rivera en sobre cerrado en el que se indicará la frase: INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE RIVERA.-“LICITACIÓN ABREVIADA. Nº 52 /09.- CHAPAS MATRÍCULAS.
Deberá acompañarse con : A) Identificación del oferente (razón social, representación, domicilio, teléfono, Cédula de Identidad o RUC)
B) Comprobante de pago del pliego
C) Certificados vigentes de BPS y DGI.

Art. 8º) La adjudicación quedará condicionada al contralor preventivo del Tribunal de Cuentas, según lo dispuesto en el Art. 211 Inc. b, de la Constitución de la República.-

Art. 9º) La Intendencia podrá disponer la adjudicación a la oferta u ofertas más convenientes para sus intereses y a las necesidades del servicio, aunque no sea la de menor precio.- También podrá rechazar las ofertas por motivo de conveniencia sin que se origine derecho de indemnización alguna para los proponentes.- Podrán realizarse adjudicaciones parciales.-

Art. 10º) Para la comparación de las ofertas se tomarán en cuenta los siguientes factores, menor precio global, calidad, garantías, antecedentes en suministros realizados a la Intendencia de Rivera, plazos de entrega y mejores condiciones de pago; todo a exclusivo criterio de la Comuna.- El presente orden no implica prelación.-

Art. 11º) Las consultas o solicitudes de aclaraciones se podrán formular por escrito, personalmente o por cualquier medio electrónico en la División Adquisiciones, de la Dirección General de Hacienda, hasta 72 horas antes del día fijado para la apertura de ofertas.-

Art.12º) En todo lo que no esté previsto en el presente Pliego, será aplicable lo dispuesto por el TOCAF, el Decreto 53/93 y las leyes, decretos nacionales y municipales vigentes a la fecha de apertura de la licitación.

Art. 13º) Si correspondiera, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la adjudicación el adjudicatario deberá efectivizar la constitución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato por un mínimo del cinco por ciento (5%) del monto de la contratación en los términos previstos por el Art. 55 del TOCAF. La garantía deberá ser depositada en Tesorería de la Intendencia Departamental de Rivera y constituída en la moneda de la oferta. Se admitirán depósitos en efectivo o póliza de seguro del Banco de Seguros.

Art. 14º) Las chapas matrícula deberán cumplir con las siguientes especificaciones:

Las placas deberán ser confeccionadas en aluminio de 1 mm de espesor, tendrán un formato rectangular de 400 mm x 135 mm para automóviles y camiones y de 155 mm x 160 mm para motos.-

Serán cubiertas en su relieve por una lámina reflectiva autoadhesiva al metal.- El relieve será pintado con tinta vinílica mate para su correcta visualización.-

Llevarán dos perforaciones en la parte superior y los números, letra y bordes serán estampados en 2,5 mm de profundidad, debiendo ajustarse sus dimensiones y características a los diseños recomendados por el Congreso de Intendente en cuanto a la unificación de las mismas utilizando 3 letras y 4 dígitos, fondo blanco y letras, números y bordes negros (vehículos para uso particular) y 3 letras y 3 dígitos para motos y similares.-

La lámina reflectiva debe consistir en elementos de lente incorporados dentro de una resina transparente y tener respaldo en un adhesivo sensible a la presión pre-recubierto y protegido por un sistema removible.-

La lámina reflectiva recubierta debe poseer una superficie plana esencialmente lisa resistente a las inclemencias del tiempo.- A su vez deber respetar los elementos de seguridad exigidos en los materiales solicitados.-

Elementos de Seguridad

La lámina reflectiva debe tener una imagen de identificación positiva direccional de alta resolución con la sigla UY que se visible en un ángulo de observación especificado “30º a 40º” que sea imposible de falsificar ya que deberá estar incorporada a la lámina.-

La lámina debe tener además como elemento de seguridad una trenza de seguridad virtual o hilo tridimensional fácil de verificar que corra verticalmente a través de la placa, que consiste en dos onda sinusoidales, donde una onda parece flotar por encima y una onda parece flotar por debajo de las marcas de seguridad dentro del material retrorreflejante de la placa .-

El oferente deberá presentar muestras exactas de las placa ofrecidas y certificado del proveedor de los materiales que garanticen los elementos de seguridad tanto la exclusividad de la sigla UY para Uruguay como la entrega de la trenza de seguridad en la lámina-.-

lunes, 5 de octubre de 2009

PLIEGO BARREDORA

PROYECTO DE GESTIÓN INTEGRAL DE HIGIENE URBANA
INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE RIVERA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 22/09


Suministro de una barredora o un minicargador con función de barrido urbano y otras funciones de limpieza urbana como: cepillos, retro, grapo y/o pala o cucharón.

PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES

OBJETO
Art.1) La Intendencia Departamental de Rivera, en adelante “La Intendencia o el Municipio“, llama a Licitación para la compra al amparo del Art. 463 de la ley 16226 del 29.10.991 concordantes y modificativas; de:
Barredora o minicargador con función de barrido urbano (en adelante el equipo) y accesorios para cumplir con otras funciones de limpieza urbana como: cepillo, retro, grapo y/o pala o cucharón.

Art.2) - (Reglamentación vigente).
Esta contratación se enmarca, en lo aplicable, en lo dispuesto por las siguientes normas:
a) T.O.C.A.F., aprobado por el decreto 194/997 de 10 de junio de 1997.
b) Art. 8° de la Ley 16.134 de 24 de setiembre de 1990.
c) Decreto 288/993 de 22 de junio de 1993 (consideración de productos nacionales). d) Decreto 53/993 de 28 de enero de 1993 (Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los contratos de suministros y servicios no personales).
e) Artículo 42 de la ley 16.736 de 5 de enero de 1996 y su decreto reglamentario 395/998 de 30 de diciembre de 1998. (Sistema Integrado de Información Financiera).
f) Ley 17.250 de 11 de agosto de 2000 y su decreto reglamentario N° 244/2000 de 23 de agosto de 2000. (Relaciones de consumo).
g) Código de Procedimiento Administrativo Municipal h) Artículo 581, ley 17.296 de 21 de febrero 2001 y decreto 333/2001 de 21 de agosto de 2001. i) Ley 17.060 de 23 de diciembre de 1998 (Uso indebido del poder público, corrupción). j) Leyes, decretos y resoluciones vigentes a la fecha de apertura de la licitación. k) Normas departamentales que refieran a la materia.
l) Leyes 18046, 18098 y 18099.


DISPOSICIONES GENERALES

Art.3) La entrega de los equipos deberán cumplirse en un plazo no mayor de 60 días contados a partir del día siguiente a la resolución del Ministerio de Economía y Finanzas que establezca la exoneración tributaria establecida por el art 463 de la ley 16226, concordantes y modificativas.
La entrega de los equipos se realizará por cuenta y cargo del oferente en la Intendencia de Rivera o donde ésta lo indique.

Art.4) La venta de pliegos de condiciones - de adquisición obligatoria para todos los oferentes - se realizará hasta 2 (dos) días hábiles antes de la apertura, en la División Adquisiciones, planta baja del Edificio Comunal de Rivera, (Agraciada 570), o en la Secretaría del Congreso Nacional de Intendentes, (2º piso del Palacio Municipal de Montevideo).
En el caso de presentación de un Consorcio oferente, será suficiente que alguno de sus integrantes haya adquirido el pliego.

Art.5) Los interesados que tuvieran dudas sobre la interpretación de los documentos de la licitación podrán solicitar a la IDR las aclaraciones del caso. Las consultas deberán ser presentadas por escrito y serán recibidas hasta 8 (ocho) días antes de la fecha fijada para la apertura de las propuestas. La IDR deberá contestar las consultas durante un término de hasta 5 (cinco) días antes de la fecha de apertura de las propuestas, mediante circulares que pondrá a disposición de todos los que hubieran adquirido los pliegos de la licitación. Dentro del mismo plazo la IDR emitirá circulares con las aclaraciones e informaciones ampliatorias que estime del caso realizar, las que pondrá en conocimiento de todos los adquirentes de los pliegos y las cuales formarán parte de este pliego a todos los efectos.

Art.6) La administración se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como de anular el proceso de Licitación y rechazar cualquier oferta o todas las ofertas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los oferentes afectados por la respectiva decisión.

Art.7) El solo hecho de presentar una oferta implica el pleno conocimiento y aceptación de todas las condiciones y especificaciones establecidas en los documentos que rigen la presente Licitación.

Art.8) Los oferentes podrán ser personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que teniendo el ejercicio de la capacidad jurídica que señala el derecho común, no estén comprendidas en alguna disposición del artículo anterior.

Art.9) El proponente indicará por escrito firmado la garantía que ofrecen los productos ofertados. La misma será respetada íntegramente por el adjudicatario pudiendo la Comuna ejecutar el cobro de la garantía del fiel cumplimiento del contrato en caso contrario.


Art.10) La oferta firmada se presentará en papel membretado en original y dos copias, indicando por separado precio unitario de la barredora o minicargador con función de barrido urbano y cada accesorio como: cepillo, retro, grapo y pala o cucharón; los que podrán intercambiarse para realizar tareas de limpiezas como de canaletas, podas, etc; siendo de prioridad el barrido urbano. Se deberán cotizar los insumos para el uso de la barredora, detallando una lista especificando en qué consisten, para ser usados por el período de 2 años, realizando un trabajo de 16 horas diarias, durante ese período. Cabe aclarar que los insumos son para las barredoras para su uso adecuado en el período de 2 años y en esas condiciones de trabajo.
La cotización será en dólares estadounidenses no deberá incluir IVA, IMESI, aranceles ni recargos.
Los trámites de importación definitiva (y de admisión temporaria si correspondiere) y todos los gastos correspondientes a dichos trámites, así como los gastos necesarios hasta poner las unidades a disposición de la Intendencia en la ciudad de Rivera, serán de cargo del oferente. En consecuencia el precio final de los equipos, corresponderá al costo final para la Intendencia al amparo de las exoneraciones consignadas, incluyendo estos gastos la apertura y tramitación de cartas de crédito.

Art.11) Se deberá establecer en las propuestas: a) Precio cotizado, b) Mantenimiento de oferta no inferior a 120 días, c) Forma de pago, incluyendo contado y bonificaciones si existieran.
En caso de que no se cumpla con los plazos de entrega de los productos y los materiales o suministros fijados en la oferta o los establecidos en este artículo, la Intendencia previa notificación, cobrará una multa diaria de 10 UR hasta tanto se efectivice el cumplimiento.

I) La Intendencia rechazará todos aquellos suministros que no se ajusten a las condiciones establecidas en el presente pliego, siendo de cuenta del Proveedor todos los gastos que se originen como consecuencia del rechazo. Dichos materiales deberán ser repuestos en un plazo máximo de 48 horas de notificada la devolución del material rechazado.
La Intendencia Departamental de Rivera entiende por entrega inmediata un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles.

II) Las propuestas deberán venir acompañadas de la siguiente documentación:
a) Identificación del oferente
b) comprobación de pago del pliego.
c) justificación suficiente (certificación notarial) de la representación invocada cuando corresponda.
d) certificados vigentes de BPS, BSE y DGI
e) certificado Registral de Actos Personales con fecha anterior a la apertura sin inscripciones que afecten la situación del oferente y que además cumplan con lo dispuesto por el art. 6 De la ley 17.957. En caso de presentación del boleto de inicio de trámite deberá presentarse el certificado dentro de las 72 hs. de la apertura de ofertas.


Art.12) Las propuestas se deberán hacer llegar a la Oficina de Licitaciones de la Intendencia Departamental de Rivera en sobre cerrado en el que se indicará la frase: INTENDENCIA DEPARTAMENTAL DE RIVERA.- “LICITACIÓN ABREVIADA Nº 22/09”. SUMINISTRO DE EQUIPOS PARA HIGIENE URBANA COMPUESTO POR:
BARREDORA O MINICARGADOR CON FUNCIÓN DE barrido urbano y ACCESORIOS PARA otras FUNCIONES de limpieza (COMO CEPILLO, RETRO, GRAPO, PALA O CUCHARÓN)

Art.13) La Intendencia podrá disponer la adjudicación a la oferta u ofertas más convenientes para sus intereses y a las necesidades del servicio, aunque no sea la de menor precio, siempre en el marco de la normativa vigente. También podrá rechazar las ofertas por motivo de conveniencia sin que se origine derecho de indemnización alguna para los proponentes, así como también realizar adjudicaciones parciales o totales.

Art.14) Para la comparación de las ofertas se tomarán en cuenta los siguientes factores, cotizaciones en forma independiente, del equipo y accesorios, calidad de los materiales ofrecidos, menor precio global, garantías, antecedentes de uso, plazos de entrega y mejores condiciones de pago; todo a exclusivo criterio de la Comuna. El presente orden no implica prelación. Se priorizarán productos con origen del MERCOSUR, o teniendo otra procedencia con uso corriente en el país (lo que se deberá fundamentar).

Art.15) En todo lo que no esté previsto en el presente Pliego, será aplicable lo dispuesto por el TOCAF, Decreto 53/93 y las leyes, decretos nacionales y municipales vigentes a la fecha de apertura de la licitación.

Art.16) Si correspondiera, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación, el adjudicatario deberá efectivizar la constitución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato por un mínimo del cinco por ciento (5%) del monto de la contratación en los términos previstos por el Art. 55 del TOCAF. La garantía deberá ser depositada en Tesorería de la Intendencia Departamental de Rivera y constituida en la moneda de la oferta. Se admitirán depósitos en efectivo o póliza de seguro de instituciones que operen en plaza.

GENERALIDADES

Art.17) A los efectos de ésta Licitación, el llamado se refiere al suministro de equipos para higiene urbana compuesto por:
Barredora o minicargador con función de barrido urbano y otras funciones de limpieza, para los que el equipo deberá tener accesorios intercambiables como cepillo, retro, grapo y/o pala o cucharón.
El oferente deberá presentar de acuerdo a cada modelo, lista de insumos para la barredora, especificando en qué consisten, necesarios para su funcionamiento por un período de 2 años, en un cálculo basado en 2 turnos de 8 horas de trabajo cada uno, en todo el período; quedando a criterio de la IDR la elección y adjudicación más conveniente sin generar derecho de indemnización alguna para los proponentes, la que será opcional ya sea total o parcialmente.

Art.18) En cada caso se ponderará la aplicabilidad y conveniencia de las prestaciones y condiciones de operación de los modelos, a criterio de las oficinas municipales y en referencia a las necesidades proyectadas del servicio de barrido urbano.

Art.19) Los equipos deberán ser nuevos cero horas de uso, no aceptándose propuestas de unidades recicladas o prototipos, debiendo los mismos estar prestando servicios por no menos de 3 años continuos hasta la fecha, todo lo cual deberá acreditarse fehacientemente. Los oferentes deberán adjuntar a las propuestas, documentación de referencias que permita formar criterio sobre la seriedad de sus ofertas, por ejemplo: tipo y cantidad de unidades vendidas, adquirente, etc. En caso de que no se haya vendido ninguna unidad será igualmente obligatorio manifestar este hecho.

Art.20) Se deberá indicar marca, modelo y procedencia, indicándose además referencias de uso del modelo ofertado, de preferencia en la región y países limítrofes o en territorio nacional.

Art.21) Se deberá describir claramente los rendimientos de los equipos:
Km recorridos por hora, cuadras barridas por hora, horas de desgaste de insumos, especificando claramente; litros de combustible por Km, velocidad: Km por hora, horas de desgaste de cepillos, ancho de barrido, etc.

Art.22) La entrega de los equipos y/o todas las partes de insumos o recambio si correspondiere se deberá cumplir en forma plena en un plazo no mayor a 60 días como se establece en el Art. 3, conjuntamente con la entrega de la barredora o minicargador con función de barrido y/o accesorios.

ESPECIFICACIONES

Art.23) El equipo ofertado deberá poder operar en cualquier condición y tipo de pavimentos de las ciudades (baches, despertadores, lomadas, etc.). Se deberán indicar las pendientes máximas en las que los equipos operan en condiciones de carga total.

Art.24) El equipo deberá tener capacidad de barrer y levantar todo tipo de residuos sólidos como ser: arena, gravilla, hojas, cartones, envases plásticos, desechos de ramas, etc.

Art.25) La barredora o minicargador con función de barrido urbano preferentemente deberá ofertarse con sistema de rociado de agua para el control del polvo al barrer, condición no excluyente sino que se valorará positivamente.

Art.26) La operación de barrido y maniobra deberá ser en más de un sentido, aceptándose unidireccional y un ancho mayor a 1,5 m, no excluyente, sino que se valorará positivamente.


Dimensiones del equipo y comodidades del operador

Art.27) Se indicarán las dimensiones del equipo así como de los cepillos, la cantidad de los mismos, su diámetro, tipo y material de su construcción, así como su vida útil estimada en diferentes condiciones de operación y los plazos recomendados de recambio lo que se acompañará de un número adecuado de elementos de sustitución para el período indicado. Se deberá indicar en caso de poseer, el material del sistema de transporte de la tolva (plástico, metal).

Operativa y Mantenimiento
Art.28) La operación y movimientos del equipo (cepillos, tolva, etc.) deberán ser hidráulicos, no excluyente, sino que se valorará positivamente.

Art.29) A los efectos de una operativa segura, la barredora o minicargador con función de barrido urbano deberá contar con los elementos necesarios para cumplir con las reglamentaciones de tránsito vigente (sistema de luces para iluminación y señalización con protección contra golpes en caso de exposición notoria a implementos externos, bocina y sistemas sonoros de retro marcha, descarga o desplazamiento en zonas de riesgo, limpiaparabrisas y todo otro implemento que demande el Reglamento Nacional de Circulación Vial y/u otras normas vigentes en la materia). Todas las señalizaciones visuales, carteles de alerta o atención, indicación de operaciones y demás textos o signos o símbolos deberán estar adheridos firmemente a la estructura o pintados, ser de tamaño visible fácilmente a simple vista, estar escritos en idioma español y en el caso de signos o símbolos ajustarse a las plantillas de uso aceptado a nivel Internacional por las Organizaciones de Tránsito y/o equipamientos y ser de fácil y rápida interpretación.

Art.30 El equipo deberá ser de marca y modelo con repuestos y servicie existente en plaza, condición excluyente al presentar la oferta.

Art.31) Se indicarán los consumos/hora de combustible y demás fluidos en la unidad. Adicionalmente se deberá informar la duración en horas de desgaste de las unidades de limpieza (cepillos, rodillos, etc.).

Art.32) Deberán adjuntarse los manuales de operación y mantenimiento de la unidad y sus componentes en idioma español (mínimo dos juegos completos), además de registro fotográfico de las unidades ofertadas.

Art.33) Se deberá aclarar de antemano cuales son los accesorios, herramientas, auxiliares, repuestos y demás aditamentos con que las unidades cuentan al ser comercializadas, los que de aceptarse la propuesta serán considerados parte de la oferta y por lo tanto deberán ser entregados con el equipo.

Art.34) Adicionalmente, las unidades deberán acompañarse con las herramientas especiales que se requieran para su mantenimiento.


Art.35) Sin desmedro que se deberá cotizar barredora o minicargador con función de barrido urbano y accesorios, los insumos previstos por el período de 2 años, pudiendo la IDR realizar la adjudicación total o parcial de la oferta; se deberá adjuntar a modo de ejemplo una lista de precios de los insumos y repuestos que la operativa requiera a los efectos de poseer una comparativa de precios a futuro.
Se deja constancia que lo que se solicita por el período de 2 años, son los insumos necesarios para el funcionamiento correcto y eficiente del equipo, no incluyendo en dicha exigencia los repuestos que la unidad requiera por rotura o desperfecto no rutinario.

Art.36) Adicionalmente se deberá informar la duración en horas de desgaste de las unidades de limpieza (cepillos, rodillos, etc.).

Art.37) Se deberá indicar: marca del equipo, modelo, marca del motor, HP, rodado y características de accesorios para otras limpiezas. También se deberá indicar capacidad de carga y levante de barrido si lo tuviera, característica que se evaluará positivamente.
Unidad 0 km. Motor Diesel. Potencia mínima 50 HP.
Se valorará positivamente que el equipo tenga cabina.

CAPACITACIÓN DEL PERSONAL Y GARANTÍAS
Art.38) El oferente deberá especificar con claridad el período, alcance y cobertura de las garantías que ofrezca sobre los equipos y cualquiera de sus partes y/o sistemas, sin perjuicio de lo estipulado en el artículo 40 de este pliego, plazo que se estimará como cifra mínima.

Art.39) a) Se deberá incluir cursos de capacitación a los mecánicos
municipales, los operadores de los mismos, a los encargados de
mantenimiento operativo y todo otro funcionario del área que el
Municipio considere capacitar.
b) Los mismos se deberán impartir en la Ciudad de Rivera
c) Se deberán especificar los programas de los cursos a impartir y la carga horaria de los mismos.
d) Los cursos se deberán impartir en los días y horarios que el Municipio dictamine.

Art.40) Se entregará garantía de equipos y unidades motrices por escrito, con una duración mínima de un año de uso efectivo, pudiendo los oferentes indicar un sistema de control de los servicies obligatorios a los que los productos deban estar sujetas.

ASESORAMIENTO TÉCNICO
Art.41) El licitante se compromete a prestar todo asesoramiento técnico requerido, tanto para el uso de los equipos como para sus mantenimientos y reparaciones. Asimismo deberá especificar claramente en su propuesta en qué consistirá dicho asesoramiento.

Art. 42) La intendencia se reserva la posibilidad de aplicar los mecanismos previstos en el TOCAF art 57. -