viernes, 6 de noviembre de 2009

EXPLOTACIÓN CANTINA PARQUE GRAN BRETAÑA

LLAMADO A INTERESADOS EN LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE CANTINA EN EL PREDIO DEL PARQUE GRAN BRETAÑA.


Art. 1.- La Intendencia de Rivera, llama a interesados en la explotación del servicio de cantina, en acceso principal y en lugar del balneario que funcionan en el predio del Parque Gran Bretaña.-
El período de explotación del servicio, será desde su adjudicación hasta la finalización de la presente administración.

Art. 2.- Los postulantes deberán presentar sus ofertas en sobre cerrado en la División Adquisiciones, el dia y hora fijados en la resolución que ordena este llamado, realizándose su apertura media hora más tarde en el mismo local.- Al acto de apertura podrán asistir quienes lo deseen.-

Art. 3.- Los postulantes deberán cumplir el servicio en las condiciones que establezca el presente llamado.-

Art. 4.- El oferente deberá tener la habilitación de la Dirección de Bromatología.-Si no lo tuviere y resultare adjudicatario deberá tramitarla en un plazo máximo de 10 días, luego de notificada la adjudicación.-
Asimismo deberá estar inscripto en DGI, BPS y registrar su actividad en el MTSS

Art. 5.- Las ofertas deberán establecer:
a) Servicios a prestar durante el período.
b) Horarios y días de atención propuestos.
c) Referencia y antecedentes del oferente.

Art. 6.- Esta concesión comprende todo el servicio de Cantina, venta de comidas al paso, bebidas, helados, agua caliente, golosinas, etc., debiendo todos los productos ofrecidos cumplir con todas las condiciones de higiene y calidad, establecidos en las normas

Art. 7.- Para la comparación de ofertas y posterior adjudicación se tomarán en cuenta los siguientes factores:
a) Servicios ofrecidos.
b) Antecedentes del oferente.

Art. 8.- La Intendencia podrá disponer la adjudicación a la oferta más conveniente tomando en cuenta la relación calidad/precio ofertado.
Asimismo, podrá declarar desierto el presente llamado o realizar adjudicaciones parciales o dividir este llamado entre varios oferentes.

Art. 9.- Las consultas o solicitud de aclaraciones se podrán formular por escrito hasta tres días antes del que se fije para la apertura de ofertas, en días y horario hábiles, en la secretaría de la Dirección de Promoción y Desarrollo.

Art. 10.- Condiciones del Servicio.
El adjudicatario:
a) Deberá mantener limpio el lugar donde funciona la cantina, cumpliendo con toda la normativa departamental en materia de salubridad e higiene
b) Será el único responsable de las existencias del lugar.
c) Podrá instalar, si lo considera viable, sillas y mesas acondicionando el
local.
d) Los fines de semana, deberá establecer un horario fijo de atención.
e) Será el único responsable de cumplir con sus obligaciones fiscales y
laborales.
f) Podrá trabajar con puestos o vendedores ambulantes en todo el predio del
balneario.
g) Esta concesión tendrá carácter exclusivo para el predio del balneario.
h) El oferente deberá asumir el cuidado y limpieza de los baños alli situados, manteniéndolos en condiciones permanentes de uso, durante las 24 horas, en el periodo de temporada alta.

Art. 11.- En caso de constatarse algún incumplimiento en las condiciones establecidas en este llamado dará derecho a la Intendencia, para declarar la resolución del mismo, en forma automática pudiendo realizar una nueva adjudicación, sin necesidad de nuevo llamado.

Art. 12. El presente llamado está sometido a la condición resolutoria del contralor del Tribunal de Cuentas.