lunes, 22 de octubre de 2007

CALENDARIOS DE VENCIMIENTO DE TRIBUTOS

LLAMADO A INTERESADOS EN LA CONFECCION DE CALENDARIOS DE VENCIMIENTOS DE TRIBUTOS – AÑO 2008-

BASES


Art. 1.- La Intendencia Municipal de Rivera llama a interesados para la confección de calendarios de vencimientos de tributos año 2008, a financiarse enteramente por el adjudicatario con publicidad.-

Art. 2.- El adjudicatario deberá respetar íntegramente el diseño que proporcionará la Intendencia Municipal de Rivera para los calendarios, así como los plazos y condiciones de entrega. Las consultas sobre los mismos se dirigirán a la División Tributos.-

Art. 3.- El espacio destinado a la publicidad no podrá contener referencias de carácter racial, político, religioso, ni que atente la moral y las buenas costumbres.-

Art. 4.- Las características técnicas de los calendarios a confeccionar serán:
1) Número total de calendarios: 27.000 (veintisiete mil).
2) Medidas del calendario: 31 x 24 cms., mínimas.
3) Tipo de papel: Satinado.
4) Calidad de la impresión: Alta definición.
5) Clases de papel: 90 gramos.
6) Espacio máximo para sponsors: 40% del espacio impreso.
7) Espacio de ubicación de sponsors: extremo inferior exclusivamente.
8) Fecha límite para entrega de folleto piloto: 30 de Noviembre de 2006
10) Fecha límite de entrega del total de ejemplares 7 de diciembre de 2006

Art. 5.- Los oferentes deberán presentar sus propuestas en sobre cerrado, el día 08 de noviembre, hora 14:30, en la Oficina de Licitaciones, realizándose la apertura de ofertas a la hora 15:00.-

Art. 6.- La Intendencia Municipal de Rivera, se reserva el derecho de adjudicar el presente llamado a un solo oferente, dividir la adjudicación o rechazar todas las propuestas sin incurrir en responsabilidad de tipo alguno.-

Art. 7.- A los efectos de la comparación de propuestas se tomarán en cuenta:

A) Contenido técnico de la misma.-
B) Antecedentes del oferente en materia de publicidad.-
C) Mejora en los plazos de las entregas establecidos por la Intendencia Municipal de Rivera.-

Art. 8.- Todas las observaciones que realice la Dirección General de Hacienda al folleto proyecto, serán atendidas por el oferente, debiendo realizar las correcciones del caso a su cuenta y cargo.-