jueves, 25 de octubre de 2007

MÁQUINAS DE ESCRIBIR

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES


Art.1º) La INTENDENCIA DE RIVERA llama a Licitación Abreviada para la contratación del servicio de puesta a punto, mantenimiento y reparación de 58 máquinas de escribir de distintos tipos.-

Art.2º) El oferente previo a presentar su oferta deberá inspeccionar el estado de cada máquina (a su costo y cargo) a efectos de excluir aquellas que no admiten reparación, y por ello no estarán comprendidas en su oferta, debiendo detallar claramente marca y modelo de la máquina excluída.-

Art.3º) El proponente indicará por escrito firmado cual será el plan de mantenimiento ofrecido, frecuencia, tiempo de respuesta, debiendo el mismo no ser superior a las 48 horas de requerido por la Intendencia.-

Art.4º) La oferta se presentará en papel membretado, firmado e indicará un precio único mensual establecido por el servicio e incluirá todos los gastos tanto de impuestos, mano de obra y repuestos.- La Intendencia no abonará fuera del precio ofertado montos por concepto alguno, ya que se entenderá que el precio mensual los incluye (viáticos, pasajes, etc.)

Art. 5º) Las reparaciones serán efectuadas en la Ciudad de Rivera, en dependencias municipales.- En caso de traslado de las máquinas fuera del Departamento los mismos serán de cuenta del ofertante.-

Art. 6º) A efectos de promover una “Puesta a Punto” de todas las maquinarias, el oferente deberá establecer en su propuesta un precio especial que regirá por los primeros 60 días.- Pasados los mismos, el precio será el establecido en la cláusula 4ª..-

Art.7º) Las propuestas se deberán hacer llegar a la Oficina de Licitaciones de la Intendencia de Rivera en sobre cerrado en el que se indicará la frase: INTENDENCIA DE RIVERA.-“LICITACIÓN ABREVIADA.- MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE MAQUINAS DE ESCRIBIR”.-

Art. 8º) La adjudicación quedará condicionada al contralor preventivo del Tribunal de Cuentas según lo dispuesto en el Art. 211 inciso b, de la Constitución de la República.-

Art. 9º) La Intendencia podrá disponer la adjudicación a la oferta u ofertas más convenientes para sus intereses y a las necesidades del servicio, aunque no sea la de menor precio.-También podrá rechazar las ofertas por motivo de conveniencia sin que se origine derecho de indemnización alguna para los proponentes.-Podrá realizarse adjudicaciones parciales y dividirse la adjudicación entre varios oferentes.-

Art. 10º) Para la comparación de las ofertas se tomarán en cuenta los siguientes factores, menor precio, garantías por los trabajos, plazos de respuesta y mejores condiciones de pago; todo a exclusivo criterio de la Comuna.- El presente orden no implica prelación.-

Art. 11º) Las consultas o solicitudes de aclaraciones se podrán formular por escrito, personalmente o por cualquier medio electrónico en la División Adquisiciones, de la Dirección General de Hacienda, hasta 72 horas antes del día fijado para la apertura de ofertas.-

Art. 12º) En todo lo que no esté previsto en el presente Pliego, será aplicable lo dispuesto por el TOCAF, el Decreto 53/93 y las leyes, decretos nacionales y municipales vigentes a la fecha de apertura de la licitación.-

Art. 13º) Si correspondiera, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la adjudicación el adjudicatario deberá efectivizar la constitución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato por un mínimo del cinco por ciento (5%) del monto de la contratación en los términos previstos por el Art. 55 del TOCAF.-La garantía deberá ser depositada en Tesorería de la Intendencia de Rivera y constituída en la moneda de la oferta.- Se admitirán depósitos en efectivo o póliza de seguro del Banco de Seguros.-